CASANARE
Asesinó a una mujer en Cúcuta y se escondía en Casanare
Personal de la Seccional de Investigación Criminal Casanare SIJÍN, con apoyo del Gaula Militar, logró la captura en el municipio de Villanueva de Marco Tulio Leal Herrera, alias “Marco Tulio”, de 25 años de edad, natural de Cúcuta, señalado de haber asesinado a una mujer en la capital de Norte de Santander, por hurtarle un celular.
De acuerdo con las autoridades, este sujeto era uno de los más buscados en la frontera, y tenía orden de captura vigente emitida por un Juzgado de Cúcuta, por los delitos de homicidio agravado, porte ilegal de armas de fuego y hurto agravado. La detención se llevó a cabo en medio de un plan de control de antecedentes a personas.
Una joyita
Leal Herrera presenta un gran prontuario delictivo en el Sistema Penal Oral Acusatorio (SPOA), entre los registros se encuentran: uno por homicidio, dos por hurto calificado, uno por hurto, uno por fuga de presos, uno por receptación, cuatro por fabricación, tráfico y porte ilegal de armas de fuego, y uno por lesiones personales.
Hechos
En el marco de la investigación por parte de la Policía, se conoció que el pasado 3 de febrero de 2019, en la ciudad de Cúcuta, Marco Tulio Leal participó en los hechos donde fue asesinada Indira Karina Hernández Moncada, a quien le hurtaron un teléfono celular de alta gama, ella forcejea y el acusado le propina tres impactos con arma de fuego en la nuca y el pecho.
Según informó el diario La Opinión en su momento, Andrea Karina, de 29 años de edad, luchó durante tres días por su vida en el Hospita Erasmo Meoz de Cúcuta, pero finalmente falleció por la gravedad de sus heridas.
https://www.laopinion.com.co/judicial/le-dispararon-por-robarle-el-celular-170966#OP
Entre los más buscados
Marco Tulio Leal se encuentra en el cartel de los más buscados por la Policía Nacional a través de la Metropolitana de Cúcuta, y se ofrecía una recompensa de 10 millones de pesos por parte de la Alcaldía de esa ciudad por su captura.

Cédula falsa
Alias “Marco Tulio” se identificaba con una cédula falsa, por lo que obligó a las autoridades competentes a realizar un cotejo dactilar y uso de la biometría -lectura digital de huellas-, para lograr su plena identificación. Por ahora, Leal Herrera fue enviado a la cárcel de La Gufilla en Yopal.
El coronel José Luis Ramírez, comandante de Policía en Casanare, expresó que en lo corrido del año en el departamento, la institución policial ha logrado 58 capturas por el delito de homicidio.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
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CASANARE
En Casanare, designados más de 7.500 jurados de votación para elecciones presidenciales
La Registraduría Nacional del Estado Civil informa que en el departamento de Casanare fueron designados un total de 7.548 jurados de votación para las elecciones presidenciales del próximo 31 de mayo, de los cuales 6.108 son principales y 1.440 son remanentes.
Los sorteos de los jurados de votación, que fueron previamente postulados por entidades públicas, empresas privadas, instituciones educativas y agrupaciones políticas, contaron con el acompañamiento de representantes de los entes de control, las organizaciones políticas, la Fuerza Pública, las autoridades locales, entre otras entidades.
Los ciudadanos pueden consultar si fueron designados como jurados de votación en la aplicación ‘aVotar’, la cual se puede descargar de manera gratuita en Google Play y App Store, y en la página web de la Registraduría Nacional, www.registraduria.gov.co, haciendo clic en el botón ‘Consulta jurado de votación’.
Además, allí se informará el lugar, la fecha y la hora de la capacitación. Es importante reiterar que prestar el servicio de jurado de votación es de carácter obligatorio y que quienes sin justa causa no asistan a desempeñar sus funciones o las abandonen podrán ser destituidos del cargo que desempeñan, en caso de ser servidores públicos, y quienes no lo sean deberán pagar una multa de hasta diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Los jurados de votación que trabajen en el sector público o privado tendrán derecho a un (1) día compensatorio de descanso remunerado, el cual podrá hacerse efectivo dentro de los 45 días hábiles siguientes a la votación.


