CASANARE
Alivios tributarios en Yopal fueron objetados por proposiciones del Concejo
Bastante sorpresa generó la decisión del Alcalde de Yopal Leonardo Puentes, de objetar el Proyecto de Acuerdo donde se buscaba brindar algunos alivios tributarios a los contribuyentes de la capital de Casanare, luego de que esta iniciativa fuera presentada por la misma Administración Municipal y aprobada por el Concejo posteriormente.
Sin embargo, el Secretario de Hacienda del municipio, Nelson Forero, se pronunció ante el tema y aseguró que le decisión de objetar el Proyecto de Acuerdo se debe a unas proposiciones hechas en el Concejo y que generarían una amnistía con los contribuyentes morosos, lo que iría en contravía de la Constitución.
Según el funcionario, el Proyecto inicialmente presentado por la Alcaldía no tenía incluido los beneficios en los intereses de mora, pero el Concejo presentó 3 proposiciones en plenaria, entre ellas la reducción de intereses a los deudores morosos.
Nelson Forero basó sus declaraciones en la sentencia C60 de 2018 del Consejo de Estado, la cual aclara que este tipo de amnistías con los contribuyentes en mora se pueden hacer, pero para ello existen unos requisitos que en este caso no se pueden cumplir, y según conceptos de la Oficina Jurídica de la Alcaldía era conveniente la objeción.
El proyecto actualmente debe ser debatido nuevamente por una comisión accidental del Concejo Municipal y allí se decidirá si la objeciones son aceptadas, de ser así podría ser aprobado el Proyecto de Acuerdo como se presentó inicialmente, de no ser aceptadas las objeciones el proceso pasaría a manos del Tribunal Administrativo de Casanare.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
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CASANARE
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CASANARE
En Casanare, designados más de 7.500 jurados de votación para elecciones presidenciales
La Registraduría Nacional del Estado Civil informa que en el departamento de Casanare fueron designados un total de 7.548 jurados de votación para las elecciones presidenciales del próximo 31 de mayo, de los cuales 6.108 son principales y 1.440 son remanentes.
Los sorteos de los jurados de votación, que fueron previamente postulados por entidades públicas, empresas privadas, instituciones educativas y agrupaciones políticas, contaron con el acompañamiento de representantes de los entes de control, las organizaciones políticas, la Fuerza Pública, las autoridades locales, entre otras entidades.
Los ciudadanos pueden consultar si fueron designados como jurados de votación en la aplicación ‘aVotar’, la cual se puede descargar de manera gratuita en Google Play y App Store, y en la página web de la Registraduría Nacional, www.registraduria.gov.co, haciendo clic en el botón ‘Consulta jurado de votación’.
Además, allí se informará el lugar, la fecha y la hora de la capacitación. Es importante reiterar que prestar el servicio de jurado de votación es de carácter obligatorio y que quienes sin justa causa no asistan a desempeñar sus funciones o las abandonen podrán ser destituidos del cargo que desempeñan, en caso de ser servidores públicos, y quienes no lo sean deberán pagar una multa de hasta diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Los jurados de votación que trabajen en el sector público o privado tendrán derecho a un (1) día compensatorio de descanso remunerado, el cual podrá hacerse efectivo dentro de los 45 días hábiles siguientes a la votación.


