CASANARE
Aliste estos documentos para la matrícula de sus hijos en los Colegios oficiales de Yopal
Desde la Secretaría de Educación de Yopal, se recuerda a los padres de familia que, en las instituciones educativas oficiales, no está autorizado el cobro de ningún dinero por concepto de matrícula o de pensión en el año escolar.
Entre tanto, en los colegios privados, por directriz del Ministerio de Educación Nacional, a través de la Resolución 016763 de 2024, se fijaron los parámetros para que las Secretarías de Educación, autoricen los costos para la vigencia 2025.
Así las cosas, cuando los padres o acudientes vayan a realizar el proceso de matrícula, los colegios deben tener publicada la resolución de costos aprobada por la Secretaría de Educación, en una cartelera en donde cualquier persona pueda consultar cuáles son los cobros autorizados y qué costos son de aporte voluntario.
Cabe recordar que si algún colegio realiza un cobro que no está autorizado, podría incurrir en una sanción que va de 50 a 200 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Sin embargo, para evitar este tipo de sanciones, profesionales de la Secretaría de Educación de Yopal, realizaron una asistencia técnica en octubre del presente año, con el objeto de capacitar a las instituciones educativas privadas, sobre las directrices del Ministerio Educación y el procedimiento que debían adelantar, para solicitar la Resolución de costos que expide este ente territorial.
Requisitos indispensables para las matrículas
- Carnet de vacunación, entendiendo que este es un derecho fundamental de los estudiantes.
- Registro civil para menores de 7 años.
- Tarjeta de identidad para mayores de 7 años.
Aunque hay unos documentos que obligatoriamente deben reposar en las instituciones educativas, la falta de estos, no se puede convertir en una barrera para acceder al servicio educativo.
Por ejemplo, si alguna persona migrante no tiene la documentación del estudiante, el colegio está en la obligación de realizar la matrícula, pero con el compromiso de allegarlos con posterioridad.
En caso de no contar con la historia académica del estudiante, el colegio podrá realizar una valoración pedagógica de reconocimiento de aprendizaje, el cual permitirá asignar el grado que debe cursar el estudiante.
Frente a los exámenes médicos, se configuran como una iniciativa de los colegios para identificar si algún estudiante cuenta con una necesidad especial, para definir alguna situación particular del estudiante. Sin embargo, no es obligatorio cumplir este requisito para la matrícula, estos pueden aportarse con posterioridad.
Si un estudiante llega a una nueva institución educativa, para su proceso de matrícula no es obligatorio que le sea solicitado el observador del alumno.
Fuente: Alcaldía de Yopal
CASANARE
Secretaría de Educación de Yopal alerta sobre validez de estudios no presenciales
La Secretaría de Educación de Yopal informa a la ciudadanía sobre múltiples solicitudes y quejas de padres de familia. Estas están relacionadas con dificultades para matricular a sus hijos debido a inconsistencias en la validez de estudios cursados previamente en modalidades no presenciales o “homeschooling”.
Se ha evidenciado que algunos estudiantes provienen de instituciones que ofrecen educación virtual o homeschooling sin la licencia de funcionamiento reconocida por el Ministerio de Educación Nacional. Esta situación impide la homologación, validación o reconocimiento oficial de los grados cursados, conforme a la normativa vigente.
La secretaría recuerda que en Colombia, la educación formal debe ser impartida por establecimientos educativos debidamente autorizados, con licencia de funcionamiento expedida por el Ministerio de Educación y registro en el Directorio Único de Establecimientos Educativos (DUE). Las instituciones sin este reconocimiento no pueden emitir certificaciones válidas.
Además, se han identificado casos de estudiantes con estudios en el exterior que realizaron supuestas “validaciones” en instituciones no facultadas legalmente, afectando la continuidad académica. La presentación de Pruebas Saber 11° (ICFES) y los procesos de validación de bachillerato están regulados por el Estado y requieren autorización oficial.
Por lo anterior, se hace un llamado preventivo a padres y acudientes para que verifiquen que la institución educativa cuente con licencia de funcionamiento vigente, esté registrada oficialmente ante el Ministerio de Educación y tenga reconocimiento para la prestación del servicio educativo formal. La secretaría reitera su compromiso con el derecho a la educación y la orientación familiar.
CASANARE
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