CASANARE
Alcaldía de Yopal modificó parcialmente el calendario tributario
La Alcaldía de Yopal modificó parcialmente el calendario tributario para el pago de impuestos, tasas y contribuciones para la vigencia 2021.
De acuerdo con la modificación, la declaración anual de industria y comercio, el pago del impuesto de avisos y tableros y la sobretasa bomberil se podrán cancelar hasta el 30 de junio de 2021, sin incurrir en extemporaneidad ni intereses moratorios
DECLARACIÓN DE RETENCIÓN Y AUTORETENCIÓN A TÍTULO DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Los vencimientos para la presentación y pago de las declaraciones de retenciones y auto retenciones a título de Industria y comercio ICA, son los siguientes:
|
BIMESTRE 2021 |
VENCIMIENTO |
| Enero-febrero | 16 de abril de 2021 |
| Marzo-abril | 19 de mayo de 2021 |
| Mayo-junio | 19 de julio de 2021 |
| Julio-agosto | 16 de septiembre de 2021 |
| Septiembre-octubre | 18 de noviembre-2021 |
| Noviembre-diciembre | 19 de enero de 2022 |
Se advierte que la modificación introducida sólo amplía el plazo para la presentación y pago de las declaraciones de retenciones y autorretenciones a título de Industria y Comercio del primero bimestre del año 2021, en todo lo demás se mantiene incólume lo previsto en artículo cuarto de la Resolución 0811 de 16 de diciembre de 2020.
DECLARACIÓN Y PAGO DEL IMPUESTO DE CIRCULACIÓN Y TRÁNSITO DE VEHÍCULOS DE SERVICIO PÚBLICO. El plazo para declarar y pagar el Impuesto de Circulación y Tránsito de vehículos de servicio público correspondiente a la vigencia de 2021, (art. 116 acuerdo 032/2020) será el 30 de junio de 2021.
PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN EN MEDIOS MAGNÉTICOS AL MUNICIPIO DE YOPAL. La fecha límite para la rendición de información exógena será el 30 de junio 2021.
De igual forma se les recuerda a los contribuyentes del Impuesto Predial tener en cuenta las siguientes fechas para sus respectivos descuentos:
Impuesto predial unificado
TERMINO DESCUENTO
Hasta el 26 de feb 15%
Hasta el 31 de marzo 12%
Hasta el 30 de abril 10%
Hasta el 31 de mayo 5%
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Diputados Mancipe y Henry Pérez “se dijeron cositas” por elección del nuevo Contralor de Casanare
El presidente de la Asamblea de Casanare, Henry Pérez Hernández, respondió a los cuestionamientos del anterior presidente de la corporación, Juan Fernando Mancipe, sobre los avances en el proceso de elección del Contralor Departamental, señalando que al asumir la presidencia se identificaron inconsistencias que ponían en riesgo la seguridad jurídica de la convocatoria.
El cabildante explicó que, tras la revisión, la Mesa Directiva decidió revocar la convocatoria, aunque el contrato suscrito con la Universidad Distrital por Mancipe durante su presidencia se mantiene vigente. No obstante, indicó que, en su calidad de supervisor, solicitó a la institución una terminación anticipada bilateral debido a las situaciones detectadas que podrían comprometer la legalidad del proceso.
Piden intervención de la Procuraduría
El presidente de la Asamblea también informó que, actuando con diligencia, se radicó ante la Procuraduría General de la Nación una solicitud de conciliación extrajudicial, trámite necesario al tratarse de entidades públicas. Asimismo, advirtió que se evalúan posibles acciones por presuntas irregularidades como prevaricato, celebración de contratos sin el lleno de requisitos y eventual adulteración de firmas.
Pérez Hernández aseguró que la corporación ha actuado conforme al debido proceso y confía en que las autoridades competentes resuelvan la situación en los tiempos establecidos. Añadió que, una vez superados los trámites legales, se podrá avanzar en una nueva convocatoria que permita garantizar la elección del Contralor Departamental con plena seguridad jurídica.
Mancipe se defiende
CASANARE
Yopal asegura $15.000 millones tras fallo a favor en disputa con Asobancaria, por tarifa del ICA para los bancos
La Alcaldía de Yopal ha logrado un importante triunfo jurídico en su prolongada disputa con Asobancaria por el cobro del impuesto de industria y comercio (ICA).
Esta decisión, ratificada por la Corte Constitucional, reafirma la facultad del municipio para aplicar una tarifa del 20 x 1.000 a las entidades financieras que operan en la ciudad.
El fallo no solo garantiza ingresos anuales cercanos a los 15.000 millones de pesos, que serán vitales para financiar inversiones en infraestructura vial, vivienda y educación, sino que también establece un precedente jurídico de alcance nacional. Otras capitales del país podrán ahora referenciarse en esta decisión, fortaleciendo su autonomía fiscal.
La Administración Municipal destacó el arduo trabajo de su equipo legal, subrayando la defensa de los intereses de Yopal frente a una de las organizaciones más poderosas del país. En adelante, las entidades financieras deberán acatar las disposiciones del Estatuto de Rentas vigente.
El caso se originó cuando Asobancaria demandó el artículo 18 del Acuerdo 022 de 2021, argumentando que la tarifa máxima debía ser del 14 x 1.000. Sin embargo, las autoridades judiciales reconocieron la autonomía tributaria de Yopal para fijar tarifas dentro del rango permitido por la ley, que para ciudades capitales puede llegar hasta el 30 x 1.000 si se justifica ante el Concejo Municipal.
CASANARE
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