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Alcaldía de Yopal aclara que no está facultada para eximir a conductores de taxis de pagar seguridad social
Respecto a las declaraciones del gremio de taxistas, en rueda de prensa la Alcaldía de Yopal reiteró que ha estado abierta al diálogo para encontrar soluciones conjuntas y aclaró algunas situaciones.
Según el Secretario de Movilidad Orlando Cruz, todos los encuentros sostenidos con el gremio amarillo se han dado en el marco del respeto y la responsabilidad, velando siempre por el bienestar de los involucrados, así como, del cumplimiento de la norma.
Aclaró el funcionario, que dentro de las facultades del alcalde municipal o el secretario de movilidad no está eximir a los conductores del transporte público individual de pasajeros tipo taxi del pago de la seguridad social, puesto que esto responde a un mandato legal de carácter nacional establecido en el Decreto 1047 de 2014.
De igual forma manifestaron las autoridades locales, que la secretaría de movilidad no realiza entrega de tarjetas de control para los vehículos de transporte público individual de pasajeros tipo taxi, y, que, entretanto esto es competencia y responsabilidad de cada una de las empresas.
De igual forma, mencionaron que gobierno municipal ha centrado esfuerzos en cumplir con los acuerdos a los que se ha llegado en cada una de las mesas de trabajo, entregando para el gremio; el alza de las tarifas a través del Decreto 082 de 2023, así como también ha brindado espacios que permiten la reactivación económica, beneficiando a los mismos.
De esta manera, se hace hincapié en que la Administración está presta para sostener encuentros y encontrar soluciones a través del dialogo, asimismo, no se responsabiliza de las acciones tomadas por el gremio y rechaza las vías de hecho.
Fuente: Alcaldía de Yopal
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


