CASANARE
Alcalde de Villanueva resultó positivo para Covid-19
El Alcalde de Villanueva, Oswal Fontecha Pachón confirmó que resultó positivo para Covid-19, situación que de acuerdo al protocolo obligó a establecer un cerco epidemiológico de sus contactos estrechos.
El mandatario confirmó en su cuenta de Facebook que actualmente su estado de salud es bueno y continuará con las funciones del cargo guardando aislamiento desde su casa.
Fontecha Pachón pidió a todos los Villanuevences que refuercen las medidas de autocuidado y recomendaciones dadas por los organismos de salud para evitar la enfermedad.
Hay que resaltar que actualmente Villanueva es el tercer municipio con más casos Covid-19 reportados en Casanare, con 255 casos confirmados, de los cuales hay 46 activos, 202 recuperados y siete fallecidos.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Alcaldía de Yopal entregó 22 kilómetros de vías rurales rehabilitadas en La Porfía y La Arenosa
CASANARE
En Casanare, designados más de 7.500 jurados de votación para elecciones presidenciales
La Registraduría Nacional del Estado Civil informa que en el departamento de Casanare fueron designados un total de 7.548 jurados de votación para las elecciones presidenciales del próximo 31 de mayo, de los cuales 6.108 son principales y 1.440 son remanentes.
Los sorteos de los jurados de votación, que fueron previamente postulados por entidades públicas, empresas privadas, instituciones educativas y agrupaciones políticas, contaron con el acompañamiento de representantes de los entes de control, las organizaciones políticas, la Fuerza Pública, las autoridades locales, entre otras entidades.
Los ciudadanos pueden consultar si fueron designados como jurados de votación en la aplicación ‘aVotar’, la cual se puede descargar de manera gratuita en Google Play y App Store, y en la página web de la Registraduría Nacional, www.registraduria.gov.co, haciendo clic en el botón ‘Consulta jurado de votación’.
Además, allí se informará el lugar, la fecha y la hora de la capacitación. Es importante reiterar que prestar el servicio de jurado de votación es de carácter obligatorio y que quienes sin justa causa no asistan a desempeñar sus funciones o las abandonen podrán ser destituidos del cargo que desempeñan, en caso de ser servidores públicos, y quienes no lo sean deberán pagar una multa de hasta diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Los jurados de votación que trabajen en el sector público o privado tendrán derecho a un (1) día compensatorio de descanso remunerado, el cual podrá hacerse efectivo dentro de los 45 días hábiles siguientes a la votación.


