CASANARE
Procurador responde con firmeza a recusación presentada por el concejal de Yopal Anderson Carrillo
El Procurador 53 Judicial II Administrativo, Nelson Manuel Briceño Chiriví, emitió una contundente respuesta al Tribunal Administrativo de Casanare frente a la recusación presentada en su contra por el concejal de Yopal, Anderson Carrillo, dentro del proceso de pérdida de investidura que enfrenta el corporado.
El funcionario desestimó tajantemente la solicitud y la calificó como una maniobra sin fundamento legal y motivada por la mala fe.
Briceño no ahorró palabras al describir la recusación como una “afirmación mentirosa, contraevidente, ilegal, abusiva y falsa”, advirtiendo que la acción fue deliberadamente temeraria y sin sustento jurídico. Señaló que la estrategia buscaba entorpecer el avance del proceso, afectando la transparencia y la lealtad procesal que deben regir en estas actuaciones.
“Recusación temeraria”
“El aducir causales de impedimento francamente inexistentes e imposibles de ser probadas, conlleva a que la mal llamada recusación propuesta tenga el carácter de ser temeraria y la actuación de quienes la promovieron sea de abierta e inexcusable mala fe”, expresó el procurador en su respuesta dirigida al Tribunal.
Además de rechazar la recusación, la Procuraduría solicitó al Tribunal que se imponga una sanción ejemplar conforme a lo establecido en el artículo 44 del Código General del Proceso y el artículo 132 del CPACA, señalando que este tipo de acciones dilatorias atentan contra el buen curso de la justicia y el respeto a las instituciones.
Como se ha venido informando, contra el Concejal Anderson Carrillo se adelantan dos actuaciones, una donde se solicita la nulidad de su elección por presuntamente estar inhabilitado al momento de hacerse elegir, y otra donde se solicita se decrete la pérdida de investidura.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Estos son los nuevos plazos para descuentos en pago del Impuesto Predial en Yopal
En plenaria del Concejo Municipal fue aprobado el Proyecto de Acuerdo No. 005, una medida que amplía los plazos para que los contribuyentes de Yopal accedan a descuentos por pronto pago del impuesto predial, así como a la opción de pago por cuotas sin intereses.
La decisión representa un alivio para los ciudadanos, quienes ahora contarán con más tiempo para ponerse al día con sus obligaciones tributarias y aprovechar los incentivos económicos dispuestos por la alcaldía de Yopal, en cabeza del mandatario Marco Tulio Ruíz.
De acuerdo con lo aprobado, los predios no sujetos a los límites de la ley 44 de 1990 tendrán un descuento del 30% si realizan el pago antes del 31 de mayo de 2026 (este beneficio es aplicable únicamente para quienes cancelaron la vigencia 2025 en octubre del año anterior). posteriormente, podrán acceder a un 20% de descuento antes del 31 de julio y un 10% antes del 30 de septiembre de 2026.
Por su parte, los predios sujetos a los límites legales contarán con un 15% de descuento si pagan antes del 31 de mayo, un 10% antes del 31 de julio y un 5% si cancelan antes del 30 de septiembre del 2026. Además, el acuerdo contempla la ampliación de los plazos para el pago por cuotas sin intereses, una alternativa que busca facilitar el cumplimiento de esta obligación, especialmente para quienes requieren distribuir el valor del impuesto en varios periodos.
Desde la Administración Municipal se destacó que esta medida no solo brinda mayor flexibilidad a los contribuyentes, sino que también contribuye a fortalecer la cultura de pago y el recaudo de recursos que se destinan a la inversión social y al desarrollo de la ciudad.


