CASANARE
En Yopal, millonarias multas para propietarios de lotes de engorde que no los limpien

Frente a la gran cantidad de ‘lotes de engorde’ que se encuentran en la ciudad, la Secretaría de Gobierno convocó al Comité de Convivencia para articular acciones con Policía, Inspectores y Corregidores del municipio, y así hacer el respectivo seguimiento y control a los propietarios de distintos predios baldíos, el cumplimiento de sus obligaciones con cada uno de estos lotes.
Es así como se activan los controles y sanciones para recuperar estos espacios y cuidar la seguridad de Yopal, haciendo que esos terrenos privados que no están construidos y que muchos propietarios dejan olvidados, llenos de maleza y basura, no se conviertan en un problema de salud y focos de inseguridad para todos.
Obligados a mantenerlos limpios
Por eso, se ejecutarán planes de acción con Policía Nacional, Inspectores y Corregidores, donde se articularán acciones para exigirles a los dueños de estos predios que se pongan al día con sus responsabilidades, ya que están obligados a mantenerlos limpios y en buen estado, evitando el incremento de maleza o la acumulación de residuos.
El secretario de Gobierno, Jorge Andrés Rodríguez, explicó que “no se puede permitir que los terrenos abandonados se conviertan en criaderos de zancudos, refugio de delincuentes o punto de riesgo para la comunidad. Se resalta que el Decreto 032 de 2020 dice que quien no cumpla puede enfrentarse a multas de hasta 32 salarios mínimos, es decir, más de $45 millones de pesos”.
Agregó que la comunidad debe asumir su responsabilidad sobre este hecho, si usted ve un lote abandonado, lleno de basura o maleza, repórtelo, así se logra evitar que esos espacios se conviertan en una mala imagen de la ciudad. Recuperar espacios y mantenerlos limpios es una tarea de todos.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
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CASANARE
Ex Subcomandante de Policía de Casanare sancionada por la Procuraduria por malos tratos

La Procuraduría General de la Nación encontró responsable disciplinariamente y suspendió e inhabilitó en el ejercicio del cargo por doce (12) meses, a la coronel (r) Sandra Yaneth Mora Morales, en su condición de comandante de la Policía Metropolitana de Cúcuta para la época de los hechos.
El Ministerio Público investigó que la entonces coronel se dirigió a una patrullera (subalterna), utilizando vocabulario soez y maltratándola de manera verbal y física, vulnerando la normativa disciplinaria del personal de la Policía Nacional, en especial lo previsto en el artículo 46-3 de la Ley 2196 de 2022. (Estatuto Disciplinario de la Policía).
La conducta de la oficial fue calificada como falta grave cometida con dolo, por lo que deberá responder disciplinariamente.
En aplicación del principio de proporcionalidad y valorando los criterios de graduación de la falta y de la sanción, se determinó que en este caso existían un atenuante y dos agravantes.
Contra esta decisión, la disciplinada interpuso recurso de apelación que será resuelto por la Sala Ordinaria de Juzgamiento de la PGN.
La Coronel (r) Sandra Mora estuvo como Subcomandante en el Departamento de Policía Casanare en años anteriores.
Fuente: El Diario del Llano
CASANARE
Vuelve restricción de motocicletas en horas nocturnas los fines de semana en Yopal

A través del Decreto 116 del 13 de agosto del 2025, la Alcaldía de Yopal prohibió la circulación de motocicletas durante los fines de semana en el municipio, esto con el propósito de evitar que se presenten siniestros viales y por ende pérdidas fatales.
El primer fin de semana en el que se aplicará la medida será el comprendido entre el viernes 15 y el lunes 18 de agosto.
Los horarios de restricción y los demás días de prohibición se relacionan en la siguiente tabla.
De esta medida quedan exceptuadas la fuerza pública, los organismos de seguridad del Estado, la Policía Judicial, las autoridades de tránsito y transporte, los organismos de emergencia y socorro, prevención y salud. Además, personal de empresas de seguridades privadas debidamente identificadas, personas con movilidad reducida, domiciliarios, hotelería y turismo con sus identificaciones que acrediten la prestación del servicio.
El incumplimiento de las medidas adoptadas en este Decreto conllevará a las sanciones correspondientes, la imposición de comparendos de tránsito conforme a lo dispuesto en el literal C numeral 14 del artículo 131 de la ley 769 de 2002, modificado por el artículo 21 de la ley 1383 de 2010 y demás normas aplicables según el caso.
Fuente: El Diario del Llano
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