CASANARE
Cerrados temporalmente varios bares y discotecas de Yopal por exceso de ruido y falta de documentación

La Alcaldía intensificó los operativos de control en establecimientos comerciales, especialmente en bares y discotecas, para, de la mano con las autoridades, regular los niveles de ruido y verificar el cumplimiento de la documentación legal vigente.
Haciendo uso de sonómetros, se están realizando mediciones para asegurar que los establecimientos cumplan con los límites de emisión sonora establecidos en la normativa vigente. Según la Resolución 627 de 2006, los niveles máximos de ruido permitidos varían según la zona y el horario; en zonas comerciales, no se debe exceder de 60 decibeles después de las 9 de la noche.
Además del control de ruido, se han llevado a cabo inspecciones para verificar que los establecimientos cuenten con la documentación legal requerida para su funcionamiento. Se ha detectado que varios locales no cumplen con los requisitos establecidos en la normatividad vigente, específicamente el Artículo 92, numeral 16, de la Ley 1801 de 2016, que prohíbe desarrollar actividades económicas sin cumplir los requisitos legales.
Como resultado de estas irregularidades, se ha procedido a la suspensión temporal de las actividades de dichos establecimientos, en coordinación con el comandante del CAI correspondiente.
El secretario de Gobierno, Jorge Andrés Rodríguez, hace referencia a estos operativos, señalando que “ya se iniciaron los controles de sonometría en los diferentes establecimientos de comercio, especialmente en bares y discotecas, buscando que se haga un debido control de los decibeles. Es por ello que invitamos a los propietarios de estos establecimientos a hacer un uso racional del sonido y garantizar la convivencia de los demás ciudadanos”.
La Alcaldía de Yopal reitera su llamado a los propietarios de establecimientos comerciales a mantener su documentación al día de acuerdo lo demanda la Ley y a respetar las normas de emisión de ruido, con el fin de evitar sanciones y cierres.
Fuente: Alcaldía de Yopal
CASANARE
Patinadora de 9 años muere en trágico accidente en la Marginal del Llano, en Yopal
CASANARE
Ex Subcomandante de Policía de Casanare sancionada por la Procuraduria por malos tratos

La Procuraduría General de la Nación encontró responsable disciplinariamente y suspendió e inhabilitó en el ejercicio del cargo por doce (12) meses, a la coronel (r) Sandra Yaneth Mora Morales, en su condición de comandante de la Policía Metropolitana de Cúcuta para la época de los hechos.
El Ministerio Público investigó que la entonces coronel se dirigió a una patrullera (subalterna), utilizando vocabulario soez y maltratándola de manera verbal y física, vulnerando la normativa disciplinaria del personal de la Policía Nacional, en especial lo previsto en el artículo 46-3 de la Ley 2196 de 2022. (Estatuto Disciplinario de la Policía).
La conducta de la oficial fue calificada como falta grave cometida con dolo, por lo que deberá responder disciplinariamente.
En aplicación del principio de proporcionalidad y valorando los criterios de graduación de la falta y de la sanción, se determinó que en este caso existían un atenuante y dos agravantes.
Contra esta decisión, la disciplinada interpuso recurso de apelación que será resuelto por la Sala Ordinaria de Juzgamiento de la PGN.
La Coronel (r) Sandra Mora estuvo como Subcomandante en el Departamento de Policía Casanare en años anteriores.
Fuente: El Diario del Llano
CASANARE
Vuelve restricción de motocicletas en horas nocturnas los fines de semana en Yopal

A través del Decreto 116 del 13 de agosto del 2025, la Alcaldía de Yopal prohibió la circulación de motocicletas durante los fines de semana en el municipio, esto con el propósito de evitar que se presenten siniestros viales y por ende pérdidas fatales.
El primer fin de semana en el que se aplicará la medida será el comprendido entre el viernes 15 y el lunes 18 de agosto.
Los horarios de restricción y los demás días de prohibición se relacionan en la siguiente tabla.
De esta medida quedan exceptuadas la fuerza pública, los organismos de seguridad del Estado, la Policía Judicial, las autoridades de tránsito y transporte, los organismos de emergencia y socorro, prevención y salud. Además, personal de empresas de seguridades privadas debidamente identificadas, personas con movilidad reducida, domiciliarios, hotelería y turismo con sus identificaciones que acrediten la prestación del servicio.
El incumplimiento de las medidas adoptadas en este Decreto conllevará a las sanciones correspondientes, la imposición de comparendos de tránsito conforme a lo dispuesto en el literal C numeral 14 del artículo 131 de la ley 769 de 2002, modificado por el artículo 21 de la ley 1383 de 2010 y demás normas aplicables según el caso.
Fuente: El Diario del Llano
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