NACIONALES
Más de 23 mil colombianos realizaron acuerdos de condonación con ICETEX
El Plan de Oportunidades, creado como parte de la transformación que adelanta la entidad hacia un ICETEX más Humano, ha brindado alivio a 23.080 colombianos que tenían dificultades con sus pagos.
Gracias a los beneficios de condonación parcial de capital e intereses, permitiendo que aquellas personas que tenían su cartera castigada al 31 de diciembre de 2023 y que cumplan con sus nuevos acuerdos, salden sus deudas con la entidad.
Este esfuerzo se orientó especialmente a poblaciones vulnerables como personas con Sisbén, víctimas de la violencia, personas con discapacidad, comunidades indígenas, integrantes de la Red Unidos y madres cabeza de familia. Esta es la primera vez que el ICETEX implementa una medida de esta magnitud para personas con cartera castigada, permitiendo condonaciones de hasta el 80% en capital adeudado y el 100 % en intereses vencidos.
De cumplirse la totalidad de los acuerdos el ICETEX condonará 173.512 millones de pesos por concepto de condonación parcial de capital y 251.909 millones de pesos por condonación del 100 % de intereses corrientes vencidos y moratorios. Las regiones donde más personas se acogieron a la medida fueron Atlántico (2.847); Bolívar (2.142); Sucre (1.876) y Córdoba con (1.674 acuerdos).
Ya son 14.430 personas que han cumplido con el 100 % de los acuerdos de pago y recibirán su paz y salvo. La condonación para estas personas asciende los 207.308 millones de pesos por condonación parcial de capital e intereses. Los demás acuerdos se encuentran en etapa de cumplimiento.
Las personas que están al día pueden lograr condonación de capital
Como reconocimiento al excelente comportamiento de pago, el ICETEX mantiene abierta la posibilidad de que los beneficiarios realicen un pago anticipado de su deuda y se beneficien de una condonación parcial de capital de hasta el 24,30 %.
Así podrán saldar la deuda con ICETEX antes de tiempo, ahorrar dinero y contribuir a que más estudiantes colombianos tengan acceso a este mecanismo de financiación social para el ingreso a la educación superior.
Todos los beneficiarios que cumplan con los requisitos pueden ingresar a www.icetex.gov.co, en el banner Plan de Oportunidades – comportamiento de pago, registrarse, y si resultan beneficiarios, realizar un único pago para liquidar su deuda.
ICETEX mantiene abiertos los canales de atención para que los beneficiarios que están en mora normalicen su crédito social
Si eres beneficiario de apoyo financiero con el ICETEX, presentas dificultades para estar al día y no pudiste realizar acuerdos de pago en 2024 en la amnistía para Cartera Castigada o en las jornadas de soluciones, la entidad mantiene abiertos sus canales de atención para que más colombianos logren encontrar solución a estas situaciones:
- Para quienes tienen crédito con mora entre 31 y 90 días: Línea gratuita nacional 018000112845 (desde teléfono fijo) o en Bogotá a la línea (01) 3073070
- Para créditos con mora superior a 91 días:
- Línea gratuita nacional 018000119716 (desde teléfono fijo) o en Bogotá al (601) 7490211
Los beneficios por condonación de intereses corrientes vencidos y moratorios para usuarios con mora entre 31 y 360 días serán los acordados según el reglamento de recuperación de cartera de la entidad.
Para conocer más información sobre las alternativas de pago, contempladas en el reglamento de cobranza de ICETEX ingresa a: https://web.icetex.gov.co/creditos/pagos
Fuente: ICETEX
NACIONALES
Mineducación fijó incremento de matrículas y costos educativos en colegios privados para 2025
Inicia el calendario escolar 2025 y con esto las dudas e inquietudes por parte de padres de familia y cuidadores frente a las listas de útiles escolares, uso de uniformes, cobros adicionales e incrementos de los costos educativos en los colegios privados.
Ante esto, el Ministerio de Educación Nacional emitió la Circular 001 en la cual entrega las recomendaciones a las a los padres de familia sobre la lista de los materiales educativos (útiles, uniformes y textos escolares) que pueden solicitar los establecimientos educativos de carácter privado.
En primera instancia, este documento recuerda que los incrementos en las tarifas de costos educativos – pensión y matrícula – fueron establecidos por medio de la Resolución 16763 de 2024, en la que se fijan los topes máximos que se pueden aplicar teniendo en cuenta factores como el régimen en el que se ubica el establecimiento educativo y puntos porcentuales adicionales por inclusión y escalafón docente.
De otra parte, frente al tema de útiles y materiales educativos esta Circular hace las siguientes precisiones importantes a tener en cuenta:
- Los establecimientos educativos no oficiales (privados) deben entregar a los padres de familia en el momento de la matrícula, la lista completa de útiles escolares con uso pedagógico, textos, uniformes e implementos que se usarán durante el año académico, y que debe estar previamente aprobada por el Consejo Directivo.
- Los materiales incluidos en estas listas no podrán ser una carga desproporcionada para las familias y tienen que estar relacionados con apoyar el proceso educativo de los estudiantes.
- Para evitar que los padres de familia deban adquirir todos los útiles y textos al inicio del año escolar, se debe establecer un cronograma para el uso de estos. Los textos escolares no podrán ser diferentes a los del año anterior, salvo que se hubiesen mantenido por al menos tres años.
- Los colegios no podrán exigir más de un uniforme de uso diario y de educación física y la falta de uniforme por razones económicas, no le impedirá al estudiante participar de las actividades académicas.
- Según el artículo 14 de la Resolución 17821 de 2023, los establecimientos educativos no pueden exigir proveedores, marcas específicas ni establecer mecanismos que impidan la participación de múltiples proveedores en la provisión de estos materiales, con el fin de promover la sana competencia.
- El colegio debe cargar en la aplicación EVI la lista completa de los materiales educativos, como anexo en el momento de adelantar la autoevaluación institucional. Esto facilita el ejercicio de la inspección, vigilancia y control por parte de las secretarías de educación.
- Es de recordar que tampoco se puede imponer a las familias o acudientes, la obligación de adquirir los materiales en el establecimiento educativo, así como en negocios propios de las asociaciones de padres de familia o de miembros de estas, o en aquellos con los que se establezca convenios.
De otra parte, la Circular 001 de 2025 reitera que el cobro de cuotas en dinero o en especie, bonos, donaciones en dinero o en especie, aportes a capital o tarifas adicionales a las aprobadas por concepto de matrícula, pensiones y cobros periódicos, están prohibidos. El incumplimiento de esta ley es sancionable con multas que oscilaran entre los cincuenta (50) y doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes, y en caso de reincidir se procederá al cierre definitivo del establecimiento educativo.
Finalmente, el documento establece que los cobros periódicos por concepto de alimentación, transporte o alojamiento escolar solo podrán exigirse a los padres de familia o acudientes que voluntariamente hubieren aceptado dichos servicios.
En caso de tener alguna duda, inquietud o denuncia, los padres de familia, acudientes y cuidadores deberán dirigirse ante la secretaría de Educación de su jurisdicción, quienes son las encargadas de velar por el cumplimiento de las normas en materia de tarifas y materiales educativos, y en caso de evidenciar algún incumplimiento, deben iniciar las actuaciones establecidas en la ley.
Fuente: Ministerio de Educación
NACIONALES
Colombia rompió nuevo récord en turismo al recibir cerca de 6,7 millones de visitantes no residentes
La promoción turística en el exterior de Colombia, El País de la Belleza, sigue dando resultados históricos. Así lo confirma el último análisis del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, con base en cifras de Migración Colombia, que reveló que entre enero y diciembre de 2024 llegaron al país 6’696.835 visitantes no residentes.
Esta cifra es superior en 8,5 % a la registrada en el mismo periodo del año anterior, cuando ya se había llegado a un récord de 6’170.221. Además, supera la expectativa que había trazado el Gobierno para el año 2024, de 6 millones de visitantes no residentes.
También aumentó la cifra de colombianos residentes en el exterior que visitaron al país entre enero y diciembre del 2024: la cifra ascendió a 1’885.217 frente a los 1’747.297 del mismo periodo de 2023, lo que representa un incremento del 7,9 %.
Estas cifras positivas confirman que la estrategia de promoción del turismo adoptada por el Gobierno nacional sigue dando frutos y ha logrado posicionar a nuestro país como uno de los destinos más atractivos de América Latina, por la oferta de experiencias turísticas únicas y el crecimiento de destinos emergentes.
Por países, Estados Unidos sigue siendo el país con más flujo de visitantes extranjeros que llegan a Colombia. Entre enero y diciembre de 2024 los visitantes procedentes de ese país participaron con un 26,5 %, para un total de 1’194.642; seguidos de México, con 365.545 y Ecuador con 348.523.
El ministro de Comercio, Industria y Turismo, Luis Carlos Reyes Hernández, destacó que “estamos cumpliendo con el compromiso de posicionar a Colombia como el país de la belleza a nivel internacional. Estamos promoviendo un turismo responsable y sostenible, que ayude a fortalecer las experiencias de destinos emergentes y economías locales.”
Por otra parte, también se conocieron las cifras conectividad aérea, y con base en los datos más recientes de la Aeronáutica Civil, se destaca que sólo entre enero y noviembre de 2024 se movilizaron por vía aérea 50’620.375 personas, lo que representa un incremento del 15,7 % frente al mismo periodo de 2023, cuando viajaron por este medio 43’761.000 personas.
De ese total, 29’753.219 personas lo hicieron en vuelos nacionales regulares, mientras que 20’867.156 lo hicieron en vuelos internacionales regulares.
Las cifras de la Aeronáutica Civil también reflejan un aumento del 13,9 % de la llegada de pasajeros en vuelos nacionales regulares en los primeros once meses de este año, con respecto al mismo periodo de 2023.
Bogotá fue la ciudad que más recibió pasajeros nacionales regulares, seguida de Rionegro-Antioquia y Cartagena.
En cuanto a la llegada de pasajeros en vuelos internacionales regulares, entre enero y noviembre de 2024 se registró un crecimiento de 18,3 % con relación a los primeros once meses de 2023.
Fuente: Presidencia de la República
NACIONALES
Nueva medida regulatoria busca disminuir el consumo de agua en el país
En el marco de las acciones del Gobierno nacional para enfrentar los riesgos de crisis hídrica que enfrentan Bogotá y otras regiones, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) presentó los alcances de la resolución 1005 de diciembre de 2024, orientada a reducir el consumo excesivo de agua.
La directora ejecutiva de la Comisión, Nelly Mogollón Montañez, explicó que uno de los propósitos fundamentales de esta medida es garantizar suficiente disponibilidad de agua en los embalses.
En coordinación con la ministra de Ambiente, Susana Muhamad, y con la directora del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam), Ghisliane Echeverry, la directora ejecutiva de la CRA anunció que los prestadores del servicio de acueducto ya cuentan con el instrumento que promueve el consumo racional y moderado, especialmente en momentos de sequía.
La directora precisó que la resolución es un mecanismo regulatorio que establece los consumos objetivo, dependiendo de los pisos térmicos (climas cálido, templado y frío), que permita disminuir el consumo excesivo y mejorar la eficiencia en el uso y manejo del agua en hogares y empresas.
Con esta medida se promueve, además, el uso eficiente y el ahorro del agua por parte de usuarios y prestadores, en los casos en que se presente déficit de precipitación.
A través de esta medida se garantiza mayor disponibilidad de agua y se establecen nuevos topes de consumo por piso térmico:
Para suscriptores residenciales situados en clima frío, el consumo básico mensual queda en 13 metros cúbicos; 14 metros cúbicos para clima templado y 16 metros cúbicos en clima cálido.
En el caso de usuarios no residenciales, como el comercio, la industria y para las áreas comunes de propiedad horizontal, se establece una disminución del consumo de 10% en relación con el promedio de consumo de los últimos 12 meses.
El sobreprecio o mayor costo se cobrará a partir del metro cúbico adicional al establecido en la resolución. Esta medida busca desestimular el desperdicio de agua.
Cabe precisar que la medida no aplica en casos especiales como colegios, cárceles, universidades y hospitales.
Los hogares con más de cuatro integrantes tendrán un trato diferencial. En estos casos los suscriptores podrán reportar al prestador del servicio, que deberá verificar y establecer el cobro con base en el consumo promedio de los últimos 12 meses.
La resolución también dispuso nuevas medidas para disminuir las pérdidas de agua por parte de los prestadores o empresas de acueducto, que deberán intensificar sus esfuerzos y ajustar sus planes de uso eficiente y ahorro y ahorro del recurso hídrico.
La directora de la CRA aclaró que la medida puede ser aplicada por los prestadores del servicio de acueducto, cuando las circunstancias de cada región o territorio evidencien desabastecimiento.
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