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¿Se puede pasar el año escolar por Decreto? Mineducación explica la normatividad

Finaliza el año escolar, época en que estudiantes y padres de familia concentran su interés en saber si se pasó el año o no, e iniciar los procesos de matrícula. En este sentido, y con el ánimo de dar respuesta a una inquietud recurrente de si es posible pasar el año por Decreto, el Ministerio de Educación explica en detalle la normatividad que rige este aspecto.
Hace algunos años viene circulando entre la comunidad educativa la premisa que es posible pasar un año escolar por decreto y que los estudiantes no pueden perder el año sin importar su nivel académico. Esta información es derivada a raíz del Decreto 230 de 2002, que limitaba al 5% el número de estudiantes que podían perder el año en una institución educativa; esto representaba que estudiantes con bajo rendimiento académico eran promovidos al grado siguiente, lo cual generaba alivio entre los estudiantes, pero a su vez cuestionamientos sobre la calidad educativa.
Sin embargo, es importante saber que esa normativa quedó atrás, y su aplicación ya no es parte de las políticas educativas actuales dado que en el año 2009 con el Decreto 1290 que actualmente está compilado en el Decreto 1075 de 2015, el cual marcó una nueva ruta en los criterios de promoción de los y las estudiantes, estableció que cada institución educativa tiene la autonomía de definir sus propios criterios de evaluación y promoción escolar. Ya no existe un límite al número de estudiantes que pueden perder el año, ni un porcentaje fijo de inasistencias que determine la repitencia escolar.
Adicionalmente, este decreto 1290 incluye la garantía del derecho a la continuidad en la educación, pues así el estudiante no sea promovido, el colegio está obligado a asegurarle el cupo para continuar su proceso formativo. Esto significa que, aunque los criterios de promoción se decidan dentro de cada institución, el objetivo es que la educación sea continua y justa, adaptándose a las necesidades y características de cada alumno. Por su parte, los directivos y docentes deben definir políticas justas para la promoción de estudiantes, basadas en la mejora continua. Es fundamental que la comunidad educativa participe en la creación de estos sistemas de evaluación, para fomentar un ambiente educativo que priorice el desarrollo integral de los estudiantes.
En resumen, aunque el mito del “pasar el año por decreto” persiste, la realidad es que esto pasó a ser un mito y no es una normatividad vigente. Las instituciones educativas gozan de autonomía en sus criterios de promoción, aunque también están obligadas a garantizar a que prime el derecho a la educación.
Y sobre la matrícula condicional, ¿qué dice la normatividad?
La matrícula condicional suele ser otro de los temas recurrentes en esta época del año y en temporada de matrículas, donde los estudiantes son promovidos al grado siguiente, pero con un compromiso de mantener un comportamiento y un nivel académico destacado que garantice su continuidad en dicha institución.
Frente a este tema, desde el Ministerio se informa que esta medida disciplinaria debe estar respaldada por un proceso justo, en el cual el estudiante tiene derecho a defenderse y a cuestionar las pruebas en su contra. La Corte Constitucional enfatiza la importancia del derecho a la educación y el debido proceso, especialmente en contextos sancionatorios, principalmente cuando no existen parámetros claros sobre las causales de aplicabilidad de sanciones dentro de los manuales de convivencia o reglamentos internos de las instituciones.
Cada institución tiene autonomía para crear su propio manual de convivencia, siguiendo las directrices de la Ley 115 de 1994 y el Decreto 1075 de 2015. En este sentido, la recomendación es que los establecimientos adopten y construyan de manera conjunta con todos los actores (directivos, docentes, estudiantes y padres de familia) un Proyecto Educativo Institucional (PEI) que incluya normas y procedimientos detallados, como derechos, deberes, obligaciones, prohibiciones, faltas y sanciones de los estudiantes por las eventuales violaciones de las normas de comportamiento adoptadas al interior de la institución o incumplimiento de sus obligaciones académicas.
Estas normativas aseguran que, por ejemplo, la reprobación de un grado por primera vez no sea motivo de exclusión, a menos que esté claramente estipulado en el reglamento institucional o el manual de convivencia. Así, las instituciones educativas tienen la competencia para establecer sus propias normas de convivencia, siempre respetando los principios constitucionales del debido proceso y garantizando una educación continua y de calidad para todos los estudiantes.
Fuente: Ministerio de Educación
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Empleo formal en Colombia sigue mostrando señales positivas, hay más personas contratadas

El panorama del empleo formal en Colombia sigue mostrando señales positivas. En junio de 2025, el Servicio Público de Empleo (SPE) a través de su Red de Prestadores facilitó la colocación laboral de cerca de 53 mil personas, lo que representa 9,830 empleos más que en el mismo mes del año anterior. Esta mejora refleja un mayor nivel de conexión entre quienes buscan trabajo y las empresas que necesitan talento.
El crecimiento se vio reflejado en diferentes grupos. Las contrataciones de mujeres subieron de 19,375 a 22,425, mientras que las de hombres aumentaron de 23,782 a 30,561. En cuanto al nivel educativo, la mayoría de los contratados eran bachilleres (24,677), seguidos por técnicos (8,363) y tecnólogos (2,970), lo que indica una alta demanda por perfiles técnicos y medios en los sectores productivos.
Un dato para destacar: 17,773 personas sin experiencia laboral previa consiguieron empleo, lo que significa 7,230 más que en junio de 2024. 11.981 personas del total de colocaciones sin experiencia se ubicaron en las 23 principales ciudades del país. Este avance muestra el impacto del SPE como una herramienta clave para ofrecer primeras oportunidades laborales, especialmente a jóvenes que buscan ingresar al mercado formal.
En el aspecto territorial, 32,245 colocaciones se concentraron en las 23 ciudades principales del país, siendo Bogotá, Medellín y Bucaramanga las que agruparon más del 77% del total. Además, ciudades intermedias como Quibdó (de 6 a 55 empleos), Florencia (de 32 a 92) y Valledupar (de 66 a 146) también mostraron un crecimiento notable, señal de que el Servicio Público de Empleo está llegando a más rincones del país.
Por sectores económicos, los servicios administrativos y profesionales lideraron las contrataciones (10,334), seguidos por comercio y reparación de vehículos (1,923), e industria manufacturera (1,687). Sin embargo, otros sectores como información y comunicaciones, actividades financieras y construcción tuvieron una baja en comparación con junio de 2024.
En cuanto a los salarios, la mayoría de las vacantes cubiertas ofrecían entre $1,000,001 y $1,500,000. Las posiciones con salarios superiores a $4 millones fueron menos, bajando de 378 a 278 empleos, lo que indica una mayor concentración del empleo formal en rangos salariales medios.
Por el lado de la demanda, en junio se reportaron 159.772 ofertas de empleo, representando una disminución del 1,2% frente al mismo mes del año anterior. Sin embargo, estas ofertas registraron 981,993 vacantes, un aumento del 4.2% frente al año anterior, a pesar de que hubo una leve disminución en las ofertas formales, menos ofertas, pero mayor cantidad de puestos de trabajo. Bogotá, Medellín y Cali concentraron el 85.1% de las vacantes urbanas, lo que evidencia que las oportunidades siguen estando centralizadas en las grandes ciudades.
Sectores con más vacantes
Los sectores que más vacantes ofrecieron fueron servicios administrativos (576,725), tecnologías de la información y comunicaciones (74,445), comercio (46,692) y manufactura (32,141). Los sectores con mayor crecimiento en vacantes fueron actividades financieras (+68.4%), transporte y almacenamiento (+44.5%) e información y comunicaciones (+43.5%). En contraste, sectores como explotación de minas y canteras, suministro de electricidad gas, agua y Construcción, sufrieron caídas de 43,8 %, –30,1 % y 11,5% respectivamente.
El nivel educativo más solicitado fue bachillerato (503,833 vacantes), seguido por técnicos (173,797) y universitarios (92,670). Las ocupaciones más buscadas fueron en apoyo administrativo, técnicos de nivel medio y personal de ventas y servicios.
Toda esta información está disponible en DataEmpleo, la plataforma del Servicio Público de Empleo que permite consultar cómo se está moviendo el mercado laboral formal en Colombia. Es una herramienta útil para empleadores, personas en búsqueda de trabajo, investigadores y autoridades, al ofrecer datos actualizados sobre oferta, demanda y colocaciones de empleo en el país.
Fuente: El Diario del Llano
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Firman convenio para promover acceso de la población sorda al empleo público en Colombia

Con el objetivo de contribuir a la reducción de brechas en el acceso al empleo público para la población sorda en Colombia, la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) y el Instituto Nacional para Sordos (INSOR) han suscrito un convenio interinstitucional que busca aunar esfuerzos técnicos y estratégicos, para fortalecer la inclusión y garantizar los derechos de esta población.
“Para la Comisión Nacional del Servicio Civil es muy importante la inclusión, propósito que está plasmado desde su direccionamiento estratégico. Al suscribir este convenio con la institución especializada que trabaja con la población sorda garantizamos que, de manera técnica, podamos hacer los ajustes suficientes para que la inclusión de las personas con discapacidad auditiva se materialice. Para esto, hemos trabajado una serie de actividades en alianza con actores estratégicos importantes, plasmar muchas acciones relacionadas con la vinculación a nuestros procesos de selección y espacios para que la población con discapacidad nos haga las recomendaciones para continuar con los ajustes razonables en nuestros sistemas de información, los canales de atención, etc.”, aseguró el presidente de la CNSC, el comisionado Mauricio Liévano Bernal.
Mientras que el director del INSOR, Geovani Andrés Meléndres Guerrero, sostuvo que “este convenio es una muestra de los objetivos que se quieren alcanzar. En la parte técnica, la CNSC cuenta con el Instituto, ya que queremos, para la población sorda, impulsar en términos de empleabilidad dentro de las vacantes públicas que existen actualmente”.
El convenio establece líneas de acción conjuntas dentro del marco de las competencias de cada entidad, alineadas con sus respectivos planes, programas y proyectos. Entre las acciones pactadas están:
- El fortalecimiento institucional en la atención a la población sorda, con la implementación de estrategias para mejorar la atención de la CNSC a estos ciudadanos, así como mesas de trabajo conjuntas para analizar y evaluar la calidad de los datos relacionados con dicha atención.
- La eliminación de barreras actitudinales en el entorno laboral con la realización de talleres presenciales y virtuales dirigidos a personas con discapacidad auditiva sobre la oferta de servicios de la CNSC y las vacantes reservadas para personas con discapacidad. También, con la participación del INSOR en eventos macrorregionales, nacionales e internacionales sobre empleo público organizados por la CNSC.
- La implementación de ajustes razonables para el acceso equitativo con la elaboración de documentos técnicos, boletines y estudios sobre el acceso de la población sorda al empleo público; la creación de mapas de inscripción y vinculación laboral para evaluar la inclusión efectiva; y la definición de políticas y lineamientos que garanticen adaptaciones diferenciales en todas las fases de los procesos de selección.
Esta alianza estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2027, contados a partir de la suscripción del acta de inicio por ambas partes. Podrá ser prorrogado por períodos iguales, previo acuerdo. Con este convenio, la Comisión Nacional del Servicio Civil sigue avanzado hacia la implementación de medidas que aporten a contar con un empleo público incluyente en Colombia, basado en el mérito, la oportunidad y la igualdad.
Fuente: Comunicaciones CNSC
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Este jueves vence el plazo para que servidores públicos declaren bienes y rentas

Función Pública informó a servidoras y servidores públicos de entidades territoriales que el período para presentar la declaración de bienes y rentas finaliza este jueves 31 de julio de 2025.
Asimismo, aclaró que son cerca de 308.762 servidores del orden territorial los que deben realizar esta declaración a través del Formulario Único de Declaración de Bienes y Rentas que encuentran en el SIGEP II.
Las y los servidores reportan datos personales, obligaciones financieras, conformación familiar, bienes patrimoniales, ingresos laborales y no laborales, entre otros.
Además, la entidad reiteró que la información reportada debe corresponder a la vigencia 2024, es decir el periodo entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
Función Pública recalcó que todos los servidores públicos deben realizar la declaración de bienes y rentas en tres momentos: al ingresar a una entidad, durante su permanencia en ella y al retirarse del cargo.
Fuente: Comunicaciones Función Pública