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Invima advierte comercialización ilegal de dispositivo médico usado para tratamientos estéticos

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El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) alerta a la ciudadanía sobre la reiterada comercialización fraudulenta de un dispositivo médico bajo el nombre y la marca ‘Neuramis Deep‘, que ha sido reportado recientemente por el importador Medytox Inc. A pesar de que ya se había emitido una alerta sobre este caso en el año 2020, el producto sigue circulando en el mercado de manera ilegal.

El dispositivo médico corresponde a una jeringa prellenada de gel de ácido hialurónico que se utiliza en procedimientos cosméticos para el relleno facial. Entre el dispositivo médico real y el fraudulento, se evidencian diferencias en los artes impresos de los insertos que no se encuentran alineados, además en sus empaques claramente se identifica un error ortográfico con respecto al real y una imitación de sello holográfico que no pertenece a la línea del producto, las anteriores son algunas de las características con las que el producto falsificado, intenta simular al producto original aprobado por parte del Invima para su comercialización y uso.

Este producto está siendo comercializado sin cumplir con los requisitos legales establecidos por el Invima, lo que pone en riesgo la salud de los usuarios. Desde el Invima, hacemos un llamado a la población para que se informe a través de nuestras plataformas oficiales y evite adquirir productos que no cuenten con registro sanitario o que sean de dudosa procedencia”, indicó Yolima Gómez Parada, directora técnica de Dispositivos Médicos y Otras Tecnologías del Invima.

El Invima les recuerda a los establecimientos comerciales la obligación de cumplir con las normativas vigentes y se compromete a intensificar las acciones de inspección, vigilancia y control para evitar la circulación de este y otros productos no autorizados. Así mismo, invita a la ciudadanía a reportar cualquier irregularidad que encuentren en el mercado.

Fuente: Gobernación de Casanare

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Gobierno declara situación de desastre nacional para hacer frente a la emergencia invernal

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El Gobierno Nacional, a través del Decreto 1372 del 13 de noviembre de 2024, declaró la “situación de Desastre Nacional” en todo el territorio colombiano por un término de 12 meses prorrogables hasta por un periodo igual, previo concepto favorable del Consejo Nacional para la Gestión del Riesgo.

La norma le permite al Ejecutivo acudir a todas las herramientas legales y constitucionales para hacerle frente a la situación de desastre nacional que afecta a varias regiones del país por cuenta de la ola invernal.

En los considerandos del Decreto 1372 del 13 de noviembre de 2024 se enumeran algunas de las situaciones graves que durante el año han afectado a miles de familias colombianas, y que motivan esta declaratoria de Desastres Nacional, entre ellas:

– Según el reporte de emergencias de la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, con corte al 11 de noviembre pasado, en lo que va del año Colombia han registrado 8.396 eventos climáticos y de desastres con impactos significativos: 952 municipios afectados, 2 millones de personas damnificadas, 244.553 familias damnificadas, 92 fallecidos y 171 heridos.

– Además, 101.639 viviendas averiadas, 1.031 viviendas destruidas y más de 280 mil hectáreas afectadas.

– Se han registrado 6.222 incendios forestales que afectaron 208.874 hectáreas, 565 movimientos en eventos que impactaron a 14.204 personas y 329 hectáreas; 560 inundaciones con afectación de 618.130 personas y 62.814 hectáreas; 454 vendavales que dejaron 108.344 personas afectadas; 277 desabastecimientos de agua y 115 crecientes súbitas.

– Durante el segundo semestre de 2024 el reporte de emergencias, con corte al 12 de noviembre pasado, señala:

– 1.666 eventos climáticos, entre incendios forestales (60%), vendavales (14%), deslizamientos (11,2%) e inundaciones (10,4%), afectando a los 32 departamentos, el Distrito Capital y 546 municipios.

– Estos eventos han ocasionado la muerte de 24 personas, 67.252 familias damnificadas, 407 viviendas destruidas, 33.768 viviendas averiadas, afectaciones a 24 acueductos, 17 alcantarillados, 6 centros de salud, 107 centros educativos, 46 centros comunitarios y más de 66 mil hectáreas de cultivos.

– Entre el 10 y 12 de septiembre últimos se registró el 40% de los eventos ocurridos durante el segundo semestre del año, así: 662 eventos climáticos: incendio forestal (61,9%), vendaval (16,5%), inundación (10%) y deslizamiento (5,9%).

– Además de fenómenos como creciente súbita, granizada, tormenta eléctrica, avenida torrencial y erosión, que afectaron los departamentos de Cundinamarca, Huila, Cauca, Valle del Cauca, Tolima, Nariño, La Guajira, Norte de Santander y Chocó. Estos eventos ocasionaron la muerte de 5 personas, 37 heridos, 2 desaparecidos, 88.268 personas afectadas, 180 viviendas destruidas, 11.503 viviendas averiadas, 61 vías afectadas, 6 acueductos, 8 alcantarillados y 58 centros educativos afectados, entre otras.

Por estas y otras razones que recoge la norma en su exposición de motivos, el Gobierno del Cambio declaró la situación de Desastre Nacional, pues durante 2024 se han emitido 357 declaratorias de calamidad pública (22 de nivel departamental y 335 ​municipales), de ellas 165 por temporada seca y 138 en temporada invernal.

– Solo en Chocó, las lluvias de los días 9, 10 y 11 de noviembre de 2024 inundaron 25 municipios, afectaron a 37.577 familias y 187.885 personas, 4.337 viviendas, 18 colegios y 1.487 hectáreas.

Para atender esta crisis nacional, el presidente Gustavo Petro anunció recursos iniciales por $1,7 billones de pesos.

Fuente: Presidencia de la República

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Sancionan ley que elimina 5 casos de inmovilización en motocicletas

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El martes 12 de noviembre, se sancionó la Ley que promueve la igualdad de sanciones entre vehículos y motocicletas, marcando un hito en la búsqueda de un trato más justo en las normas de tránsito.

Con esta nueva legislación, se eliminan cinco causales de inmovilización que anteriormente afectaban exclusivamente a los motociclistas, lo que representa un avance importante para la equidad en el tránsito y la movilidad.

A partir de ahora, las infracciones contempladas en los numerales D3, D4, D5, D6 y D7 del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito, que incluyen conductas como transitar en sentido contrario, conducir sobre separadores o bermas, adelantar en lugares prohibidos, no detenerse ante la luz roja o amarilla y realizar maniobras irregulares, seguirán siendo penalizadas con las correspondientes multas. Sin embargo, ya no serán motivo de inmovilización para las motocicletas, lo que elimina una carga innecesaria para los motociclistas que anteriormente enfrentaban una doble penalidad.

El Senador Alejandro Vega, autor de la iniciativa, explicó que la ley pretende erradicar un entorno de persecución y zozobra que afectaba injustamente a los motociclistas. “Lo que buscamos con esta ley es generar un escenario más equitativo, donde las sanciones sean justas y proporcionadas, sin que los motociclistas enfrenten una penalización desmesurada como la inmovilización de su vehículo que para muchos es su herramienta de trabajo”, destacó el legislador.

Esta medida no implica impunidad, sino más bien un tratamiento más equilibrado y justo, liberando a los motociclistas de una carga que no enfrentan otros conductores de vehículos. Además, la ley buscar fomentar una mayor responsabilidad al volante, asegurando que las infracciones sean sancionadas de manera clara y con la gravedad correspondiente, sin caer en excesos que afectan el bienestar de los conductores.

Cabe destacar que la Ley fue sancionada de manera excepcional por el presidente del Congreso, debido a que el presidente de la República no cumplió con la obligación de sancionarla dentro del plazo establecido por la Constitución. Su entrada en vigencia queda ahora en manos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

Fuente: Comunicaciones Senador Alejandro Vega Pérez

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Presidente Petro nombró gestores de paz a 18 exjefes paramilitares

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El Gobierno Nacional dio a conocer la resolución 453 de 2024 en la que designó como gestores de paz a 18 exjefes paramilitares de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) con los que abrirá la mesa que anunció el pasado 3 de octubre.

Este es el listado contenido en la resolución:

  1. Héctor Germán Buitrago Parada
  2. Ramón María Isaza Arango
  3. Arnubio Triana Mahecha
  4. Héctor José Buitrago Rodríguez,
  5. Ramiro Vanoy Murillo
  6. Hernán Giraldo Serna
  7. Luis Eduardo Cifuentes Galindo
  8. Manuel de Jesus Pirabán
  9. Juan Francisco Prada Márquez
  10. José Baldomero Linares Moreno
  11. Salvatore Mancuso Gómez
  12. Carlos Mario Jiménez Naranjo
  13. Diego Fernando Murillo Bejarano
  14. Hebert Veloza García
  15. Rodrigo Tovar Pupo
  16. Rodrigo Pérez Alzate
  17. Fredy Rendón Herrera
  18. Edwar Cobos Téllez

En el documento se anuncia que estos ex paramilitares son nombrados como gestores para que,  “contribuyan con su conocimiento y experiencia al desarrollo de actividades de construcción de paz y garantías de no repetición, estructuración de procesos de paz y estrategias de acercamientos con actores armados ilegales”.

La resolución resalta que esta designación será por seis meses y no modifica la situación jurídica, ni las medidas de aseguramiento vigentes; así como tampoco les da beneficios judiciales.

Sobre el anunció se ha generado gran debate a nivel nacional, donde varios sectores aseguran que la decisión deja por fuera el pensamiento y sentir de las víctimas de los recién nombrados “gestores de paz”.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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