NACIONALES
Ecopetrol trazó la hoja de ruta para el suministro de gas natural entre 2024 y 2034
El Grupo Ecopetrol definió la ruta para garantizar el suministro de gas natural a más de 36 millones de colombianos durante la próxima década (2024-2034).
Sin embargo, la empresa estatal advirtió que esta tarea dependerá, fundamentalmente, de decisiones que deben adoptar otros actores de la industria, como ajustes regulatorios, aprobaciones, trámites y desarrollo de la infraestructura petrolera.
En un comunicado, la estatal petrolera aseguró que para 2025 tiene comprometidos 551 Giga BTU por día (GBTUD) mediante contratos ya suscritos, que representan el 65% de la demanda nacional, sin incluir la demanda térmica.
Sin embargo, advierte que para ese año se va a requerir de otros 40 GBTUD para su balance energético, es decir, cerca del 17% de su demanda total, “con el fin de asegurar el abastecimiento de combustibles al país”.
Y para 2026, la empresa aportará al mercado 370 GBTUD (43% de la demanda nacional, sin incluir la demanda térmica), mediante contratos ya suscritos.
“Ecopetrol dispone de volúmenes, por encima de esta cantidad contratada, de hasta 141 GBTUD, que serán comercializados en su totalidad, una vez el Ministerio de Minas y Energía y la Comisión de Regulación de Energía y Gas expidan las reglas que han anunciado para flexibilizar las transacciones entre agentes”, señala la comunicación de la estatal petrolera.
No obstante, una mayor demanda por encima de esas cantidades “requerirá, como ya se ha venido haciendo en los últimos años, de la importación a través de la infraestructura existente”.
Ecopetrol reitera que mantiene en evaluación permanente y en ejecución la actividad e inversiones en pozos exploratorios y desarrollos costa adentro, con un potencial de aproximadamente 55 GBTUD para 2026.
Medidas para garantizar el abastecimiento en 2025 y 2026
La estatal petrolera señala en su comunicación las principales medidas necesarias para garantizar el suministro de gasta natural durante los próximos dos años:
– Es necesaria la flexibilización de la regulación que le permita a Ecopetrol poner a disposición del mercado la totalidad de su gas disponible para la venta en firme, en cualquier momento y mediante bloques menores a un año.
Esto, como complemento a los esfuerzos y cambios regulatorios hechos por el Ministerio de Minas y Energía y la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) durante 2024.
– Para balancear las necesidades de gas natural en todo el país, es imperioso recuperar los volúmenes de producción creados a partir de la expectativa que se generó en 2023 cuando Canacol Energy anunció un potencial de producción para los años 2025 y 2026 de 231 GBTUD. Sin embargo, en 2024 ese productor ha reducido la producción a 158 GBTUD, lo que estaría generando un déficit de 73 GBTUD.
– Se requiere que sobre la capacidad de importación de 50 GBTUD a través de la plataforma SPEC LNG se desarrolle rápidamente la comercialidad de estos volúmenes para asegurar la capacidad, firmeza y eficiencia del mercado y siga siendo la mejor opción de respaldo de garantía de suministro.
“Ecopetrol celebra que se haya aprobado a SPEC LNG la expansión de 30 GBTUD adicionales para poner a disposición del mercado en el 2025”.
– Es necesario que el proyecto de bidireccionalidad del sistema Barranquilla – Ballena entre en operación en el primer trimestre de 2026, y asegurar la viabilidad financiera para el desarrollo de la capacidad de transporte de gas y los mayores flujos desde la costa Caribe hasta el interior del país.
– Es fundamental acelerar la entrada de los proyectos de generación a partir de fuentes renovables, para que alivien la presión que el sector eléctrico está imponiendo al sector de gas natural.
– Es urgente implementar medidas que posibiliten superar las dificultades, en los ámbitos social y ambiental, que hoy enfrentan los proyectos de energía renovable.
Los retos para 2027 y en adelante
El Grupo Ecopetrol informó que continúa la evaluación y ejecución de proyectos exploratorios costa afuera y costa adentro, con un potencial exploratorio de aproximadamente 100 GBTUD.
No obstante, confía en viabilizar al menos una de las soluciones de regasificación, que van desde los 50 hasta 350 GBTUD, y que están ubicadas en diferentes áreas como Buenaventura y La Guajira, de tal forma que entren en operación al inicio de 2027.
Para ello, se requieren otras medidas:
– Es necesario el desarrollo de los proyectos costa afuera (off shore) dentro de los cronogramas y plazos establecidos, lo cual requiere certeza sobre los tiempos asociados a los trámites de licenciamiento ambiental y consultas previas. “La pronta entrada de estos recursos energéticos es vital para la atención de la demanda de gas en el mediano y largo plazo”, dice la compañía.
– Ecopetrol continuará implementando todas las acciones e inversiones para contribuir a la seguridad energética del país y abastecer la demanda de gas natural en Colombia, que hoy usan los sectores térmico, industrial, comercial, residencial y vehicular.
“Tenemos que adoptar medidas entre todos, como el ahorro, el rebalanceo y la optimización de nuestros consumos en los activos de exploración y de refinación. Además, debemos contemplar la posibilidad de sustituir el gas natural por líquidos durante estos periodos críticos”, sostiene Ricardo Roa Barragán, presidente de Ecopetrol.
Fuente: Ecopetrol
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Anuncian mejoras en el sistema eléctrico colombiano
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) informó que en el Sistema Interconectado Nacional (SIN) se ha finalizado el periodo de aplicación del mecanismo para el sostenimiento de la confiabilidad, al pasar del estado de riesgo a vigilancia.
Esta decisión fue adoptada en aplicación de la Resolución CREG 101-063 de 2024, que habilita la desactivación de las medidas establecidas en el marco del mecanismo para el sostenimiento de la confiabilidad, dado la mejora en los aportes en donde las cantidades embalsadas superan a lo esperado en la senda de referencia.
El cambio de estado, confirmado tras la evaluación realizada por el operador del sistema, refleja una mejora en las condiciones de las reservas hídricas del sistema. Durante los últimos 12 días, los aportes hídricos mostraron un incremento sostenido, permitiendo un aumento en los niveles de los embalses. Este comportamiento habilitó la transición del estado de riesgo al estado de vigilancia, desactivando las medidas temporales implementadas desde inicios de octubre.
Durante el periodo de aplicación del estatuto, activado se implementó un mecanismo de ajuste de las ofertas de las plantas hidráulicas para mejorar el embalsamiento. Asimismo, se adoptaron medidas complementarias, como el mecanismo transitorio de respuesta a la demanda, la entrega de excedentes de energía por parte de los autogeneradores y la promoción de contratos de largo plazo, con el objetivo de estabilizar las tarifas de energía.
El operador del sistema de acuerdo con las indicaciones de la CREG continuará realizando un seguimiento semanal de los niveles de los embalses. Esto garantizará la vigilancia activa de las condiciones del SIN y permitirá la toma de decisiones oportunas en caso de detectar nuevas tendencias
Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG)
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Inescrupulosos estarían estafando a campesinos y comunidades étnicas que quieren tierra
En lo corrido del año la Agencia Nacional de Tierras (ANT) ha recibido más de 150 denuncias de campesinos y comunidades étnicas víctimas de estafa a manos de falsos tramitadores que les exigen sumas de dinero como condición para acceder a la adjudicación de tierras en el país.
Ante la gravedad de los hechos, la ANT, a través de su Oficina Jurídica y la Oficina del Inspector de la Gestión de Tierras, presentó los primeros casos ante la Fiscalía General de la Nación para su respectiva investigación y sanción a los responsables.
“Ya hemos interpuesto más de siete denuncias en la Fiscalía asociadas a los temas de Reforma Agraria. Primero, falsos tramitadores que están engañando a campesinos recogiéndoles dinero y recursos para ser beneficiarios de la Reforma Agraria. Hay intermediarios que también han intentado persuadir a propietarios para que accedan a ellos en el marco del programa de compra”, dijo el director de la ANT, Felipe Harman.
Al respecto, la ANT dio a conocer algunos de los casos de estafa contra los campesinos que quieren tierra fértil en Bolívar, Llanos Orientales, Huila y Tolima.
En el departamento de Bolívar, más de 3.000 familias campesinas de municipios como Cartagena, Santa Catalina, Arjona, María la Baja, Santa Rosa de Lima, Turbaco y Villanueva podrían estar siendo víctimas de estafas por parte de falsos tramitadores.
“El líder de una de las asociaciones campesinas de la zona cobra a sus afiliados (campesinos postulados a procesos de adjudicación) sumas mensuales que oscilan entre $30.000 y $40.000 afirmando que el pago es necesario para “la eficacia y progreso de la gestión”.
La ANT calcula que, a través de esta modalidad, están haciendo recaudos mensuales que superan los $120 millones.
En los Llanos Orientales también engañó a comunidades
Entre tanto, en los Llanos Orientales se denunció que un individuo, haciéndose pasar por funcionario de la ANT, organizó convocatorias en espacios públicos de Villavicencio para engañar a comunidades campesinas.
Este hombre exigía pagos que oscilaban entre $3 y $7 millones a cambio de garantizar supuestos cupos para la adjudicación de tierras en zonas rurales de San Martín, Puerto López y San Carlos de Guaroa.
En los departamentos del Huila y Tolima aparecen registradas por las autoridades las acciones de un hombre que se identifica como ‘Huberlín’, quien utiliza logos y documentos oficiales expedidos por la Agencia, los cuales falsifica brindando información falsa sobre entrega de tierras y señalando costos que deben efectuarse para este propósito.
Esta persona solicita a la población rural la entrega de sumas de dinero como “$1.000.000 m/cte. aproximadamente”, con el compromiso de “gestionarle más rápido el trámite”.
Los trámites son gratuitos
Sobre el particular, César Santoyo Santos, jefe de la oficina del Inspector de Gestión de Tierras de la Agencia, señaló que es relevante indicar que en la ANT los trámites gozan de gratuidad.
Fuente: Agencia Nacional de Tierras (ANT)
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¿Se puede pasar el año escolar por Decreto? Mineducación explica la normatividad
Finaliza el año escolar, época en que estudiantes y padres de familia concentran su interés en saber si se pasó el año o no, e iniciar los procesos de matrícula. En este sentido, y con el ánimo de dar respuesta a una inquietud recurrente de si es posible pasar el año por Decreto, el Ministerio de Educación explica en detalle la normatividad que rige este aspecto.
Hace algunos años viene circulando entre la comunidad educativa la premisa que es posible pasar un año escolar por decreto y que los estudiantes no pueden perder el año sin importar su nivel académico. Esta información es derivada a raíz del Decreto 230 de 2002, que limitaba al 5% el número de estudiantes que podían perder el año en una institución educativa; esto representaba que estudiantes con bajo rendimiento académico eran promovidos al grado siguiente, lo cual generaba alivio entre los estudiantes, pero a su vez cuestionamientos sobre la calidad educativa.
Sin embargo, es importante saber que esa normativa quedó atrás, y su aplicación ya no es parte de las políticas educativas actuales dado que en el año 2009 con el Decreto 1290 que actualmente está compilado en el Decreto 1075 de 2015, el cual marcó una nueva ruta en los criterios de promoción de los y las estudiantes, estableció que cada institución educativa tiene la autonomía de definir sus propios criterios de evaluación y promoción escolar. Ya no existe un límite al número de estudiantes que pueden perder el año, ni un porcentaje fijo de inasistencias que determine la repitencia escolar.
Adicionalmente, este decreto 1290 incluye la garantía del derecho a la continuidad en la educación, pues así el estudiante no sea promovido, el colegio está obligado a asegurarle el cupo para continuar su proceso formativo. Esto significa que, aunque los criterios de promoción se decidan dentro de cada institución, el objetivo es que la educación sea continua y justa, adaptándose a las necesidades y características de cada alumno. Por su parte, los directivos y docentes deben definir políticas justas para la promoción de estudiantes, basadas en la mejora continua. Es fundamental que la comunidad educativa participe en la creación de estos sistemas de evaluación, para fomentar un ambiente educativo que priorice el desarrollo integral de los estudiantes.
En resumen, aunque el mito del “pasar el año por decreto” persiste, la realidad es que esto pasó a ser un mito y no es una normatividad vigente. Las instituciones educativas gozan de autonomía en sus criterios de promoción, aunque también están obligadas a garantizar a que prime el derecho a la educación.
Y sobre la matrícula condicional, ¿qué dice la normatividad?
La matrícula condicional suele ser otro de los temas recurrentes en esta época del año y en temporada de matrículas, donde los estudiantes son promovidos al grado siguiente, pero con un compromiso de mantener un comportamiento y un nivel académico destacado que garantice su continuidad en dicha institución.
Frente a este tema, desde el Ministerio se informa que esta medida disciplinaria debe estar respaldada por un proceso justo, en el cual el estudiante tiene derecho a defenderse y a cuestionar las pruebas en su contra. La Corte Constitucional enfatiza la importancia del derecho a la educación y el debido proceso, especialmente en contextos sancionatorios, principalmente cuando no existen parámetros claros sobre las causales de aplicabilidad de sanciones dentro de los manuales de convivencia o reglamentos internos de las instituciones.
Cada institución tiene autonomía para crear su propio manual de convivencia, siguiendo las directrices de la Ley 115 de 1994 y el Decreto 1075 de 2015. En este sentido, la recomendación es que los establecimientos adopten y construyan de manera conjunta con todos los actores (directivos, docentes, estudiantes y padres de familia) un Proyecto Educativo Institucional (PEI) que incluya normas y procedimientos detallados, como derechos, deberes, obligaciones, prohibiciones, faltas y sanciones de los estudiantes por las eventuales violaciones de las normas de comportamiento adoptadas al interior de la institución o incumplimiento de sus obligaciones académicas.
Estas normativas aseguran que, por ejemplo, la reprobación de un grado por primera vez no sea motivo de exclusión, a menos que esté claramente estipulado en el reglamento institucional o el manual de convivencia. Así, las instituciones educativas tienen la competencia para establecer sus propias normas de convivencia, siempre respetando los principios constitucionales del debido proceso y garantizando una educación continua y de calidad para todos los estudiantes.
Fuente: Ministerio de Educación