NACIONALES
Aprobada reforma pensional en plenaria del Senado
La plenaria del Senado de la República aprobó este martes en segundo debate el proyecto de reforma pensional presentado por el Gobierno Nacional, en el cual se resaltan los artículos sobre la creación de un fondo de ahorro público para proteger el pago de las pensiones y la construcción de un único Sistema Integral de Protección a la Vejez, cuyo administrador será Colpensiones.
Tras ser aprobada en el Senado de la República, la Reforma Pensional pasa a la Cámara de Representantes, donde debe enfrentar otros dos debates.
El Senado aprobó que la Ley de la Reforma Pensional entre en vigencia el 1° de julio del 2025.
La ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, indicó que el articulado aprobado garantiza una reforma pensional equitativa e inclusiva.
“La reforma pensional verdaderamente defiende el ahorro de la gente. El ahorro es la cotización. Usted cotiza para el público o cotiza en el privado, y ese es el ahorro. No quiere decir que si se pasa de un lado al otro pierde su ahorro. El ahorro ha quedado blindado y será manejado por el Banco de la República para la tranquilidad y serenidad del pueblo colombiano”, dijo.
La titular de la cartera manifestó que la reforma pensional “es una oportunidad hermosa para los más necesitados” y agregó que “esta reforma lo que busca es justamente que ellos logren ese objetivo de pensionarse y de tener una protección al final de sus vidas”.
Durante la sesión se aprobó el artículo 75, por medio del cual se crea la Comisión Técnica de Protección Social Integral para la Vejez, integrada por los ministerios de Trabajo y Hacienda, el Departamento Nacional de Planeación, el DANE y dos personas más designadas por el Presidente de la República.
Entre sus funciones, cada 4 años esta Comisión les entregará al Presidente de la República y al Congreso un informe con recomendaciones sobre los criterios de asignación de recursos del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo.
Asimismo, se aprobó el artículo 77, que determina que las personas que tengan 750 semanas cotizadas —en el caso de las mujeres— y 900 semanas —para los hombres—, y que les falten menos de 10 años para tener la edad de pensión, tendrán 2 años a partir de la promulgación de la presente ley para trasladarse de régimen.
Cobertura a la vejez
La reforma incrementa la cobertura en protección real a la vejez, a través de tres mecanismos: renta solidaria, renta vitalicia y pensión. Los cálculos indican que al 2052 la cobertura será del 87 %, es decir, más de 13,7 millones personas mayores.
Además, elimina la pobreza extrema en la población mayor en Colombia. Dos millones 600 mil adultos mayores serán beneficiarios hasta que fallezcan, por medio de la renta solidaria.
Asimismo, con el umbral dispuesto en la reforma, es decir, 2,3 salarios mínimos mensuales legales vigentes, se contribuye a la sostenibilidad del Sistema Pensional.
La reforma amplía a 22 % la probabilidad de que una mujer logre la pensión. De hecho, da un mayor subsidio a la mujer (30 %) en la construcción de una renta vitalicia, en caso de no lograr una pensión.
Fuente: Presidencia de la República
NACIONALES
Ecopetrol libera cerca de 60 millones de barriles diarios de gas natural para garantizar suministro nacional
El Grupo Ecopetrol continúa adoptado decisiones estratégicas que garanticen el suministro de gas natural en todo el país.
A la asignación adicional de 2,7 Gbtu (millones de barriles diarios) de gas natural para garantizar el suministro de gas natural vehicular en Casanare y Meta, se suma un nuevo anuncio de comercialización del energético.
A partir del 1º de diciembre de 2025 la compañía ofrecerá para la venta entre 46 y 60 Gbtud de sus campos del Piedemonte Llanero. Estas cantidades equivalen aproximadamente al 20% de la demanda residencial, comercial y de gas natural vehicular del país.
La empresa estatal informó que este gas adicional estará disponible desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 31 de mayo de 2026, y se ofrecerá en dos modalidades definidas en la regulación vigente:
– En firme, que garantiza el suministro continuo durante el periodo contratado.
– Con interrupciones, que permite suspender el suministro en caso de limitaciones, según las reglas establecidas.
De acuerdo con Ecopetrol, en la modalidad ‘En firme’ se ofrecerán cantidades que van desde 23 hasta 35 Gbtud para los meses de marzo a mayo de 2026, y serán comercializadas durante el trimestre de negociación que inicia en diciembre de 2025.
Y en la modalidad de ‘Interrumpible’ se ofrecerán cantidades desde 22 hasta 49 Gbtud para los meses de diciembre de 2025 a mayo de 2026, y serán comercializadas mensualmente, teniendo en cuenta las condiciones regulatorias vigentes que señalan que para el trimestre de diciembre a febrero sólo se permite la comercialización de gas bajo la modalidad Interrumpible.
“En Ecopetrol seguimos comprometidos en el abastecimiento de gas natural para todos los colombianos. Gracias a esfuerzos recientes de eficiencia, optimización y sustitución energética en varios de nuestros procesos productivos por energía proveniente de fuentes renovables no convencionales, podemos liberar mayores volúmenes para amentar la oferta de gas provenientes de nuestros campos en el Piedemonte Llanero”, declaró Bayron Triana Arias, Vicepresidente Ejecutivo de Energías para la Transición, de Ecopetrol.
Agregó el directivo que este incremento en la oferta refleja el compromiso de la compañía estatal con el país y con la transición energética. “Así avanzamos hacia un futuro con más energía limpia y más seguridad energética para todos los colombianos, y se contribuye al cumplimiento de los objetivos de descarbonización y las metas de transición energética del Grupo Ecopetrol”, aseguró.
NACIONALES
La JEP no aceptó al exjefe jurídico de la Gobernación de Casanare en gobierno de Raúl Flórez
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó la solicitud de sometimiento presentada por Henry Villarraga Oliveros, exmagistrado del Consejo Superior de la Judicatura, al considerar que no cumplió con el requisito de aportar verdad plena, presentó argumentos exculpatorios y negó la existencia de patrones macrocriminales ampliamente demostrados en su contra.
Según la decisión de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, Villarraga omitió información clave que habría permitido esclarecer su presunto papel en el encubrimiento de graves crímenes del conflicto armado, particularmente en el caso del coronel (r) Robinson González del Río, investigado por ejecuciones extrajudiciales conocidas como “falsos positivos”.
La JEP recordó que contra Villarraga cursan varios procesos penales y disciplinarios por, presuntamente, ofrecer asesoría ilegal al oficial retirado y comprometerse a influir para que uno de sus procesos fuera trasladado a la Justicia Penal Militar, buscando garantizar impunidad frente a crímenes de guerra y de lesa humanidad.
El tribunal especial concluyó que el exmagistrado incumplió las condiciones básicas exigidas para acceder a los beneficios del sistema transicional, pues su aporte se limitó a justificar sus actuaciones con argumentos jurídicos y a cuestionar el trabajo de la Fiscalía General de la Nación, alegando una supuesta “guerra jurídica” contra miembros de la fuerza pública.
Para la Sala, requerir nuevamente al solicitante para que hiciera un aporte de verdad sustancial representaría un desgaste injustificado del aparato judicial, más aún cuando Villarraga ha tenido múltiples oportunidades para hacerlo en los procesos que se adelantan en su contra.
El expediente fue remitido a la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, donde cursa un proceso disciplinario en etapa de acusación y otro penal cuya apertura quedó sin efectos. La JEP, además, rechazó cualquier discurso estigmatizante o desobligante frente a las víctimas, la sociedad y las instituciones del Estado.
NACIONALES
Con proyecto de ley buscan declarar de alto riesgo la profesión de escolta
El Senador José Vicente Carreño Castro radicó el Proyecto de Ley 135 de 2025 que reconoce y establece “a los agentes de protección o escoltas requeridos como una profesión y/u oficio de alto riesgo”, en la medida que este trabajo está en proteger a personas con la posibilidad de sufrir un atentado, por lo que deben prevenir y enfrentar este tipo de eventualidad, lo que de inmediato los convierte también en blanco de los agresores.
Carreño Castro reveló que “al establecer de alto riesgo esta profesión u oficio, los agentes de protección o escoltas quedan cobijados en las ´Pensiones especiales de vejez´, establecido en los Artículos 3 al 10 del Decreto 2090 de 2003, adicionando esta iniciativa legislativa una modificación al Artículo 8 –modificado a la vez por el Artículo 1 del Decreto 2655 de 2014- en el sentido de que este régimen especial de pensión, incluye a los trabajadores vinculados a esta actividad hasta el 31 de diciembre de 2034, y no solo hasta el 31 de diciembre de 2024, como lo establece el mencionado Decreto 2655”.
La iniciativa legislativa –que ahora pasa a la Comisión VII del Senado- le fija al SENA la tarea de estructurar “un pensum académico con ciclos de competencias laborales, técnico, tecnólogo y profesional en seguridad dirigido este personal, para lo cual podrá celebrar convenios con organismos gubernamentales y no gubernamentales”, con el fin de que este ejercicio no solo sea considerado un oficio, sino además como una nueva profesión con todos la validación constitucional y legal, como la plantea el mencionado proyecto de ley.
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