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Cormacarena rechaza tortura y asesinato de un oso melero en Villavicencio

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Tras atender denuncia ciudadana, donde se informaba el maltrato y asesinato de un oso melero o tamandúa a manos de un habitante de la Ciudadela Las Marías en Villavicencio, Cormacarena rechaza con vehemencia todo acto que atente contra el bienestar de la fauna silvestre del territorio.

El animal fue encontrado muerto atado a un árbol con heridas en la cabeza y cola, presuntamente producidas con un machete. Por ahora, en la Universidad de Los Llanos se realiza necropsia para determinar si el ejemplar fue víctima de otros actos violentos que le hayan generado hemorragias internas.

Cormacarena, la Policía Ambiental y la Fiscalía General de la Nación adelantan la respectiva investigación para establecer la sanción que deberá asumir el responsable de este hecho que afecta la biodiversidad del municipio. Este suceso, se convierte en el tercer caso que el equipo de veterinarios de la Corporación atiende en los últimos cuatro meses del año, en el departamento de Meta.

Por lo tanto, La Autoridad Ambiental advierte que la fauna silvestre se encuentra protegida en todo el territorio nacional y el maltrato animal está tipificado como delito que tiene prisión de hasta 11 años y multas de 937 salarios mínimos legales. Asimismo, invita a la ciudadanía a denunciar cualquier hecho que afecte a los animales del bosque a la línea 321 482 0327.

Fuente: Cormacarena

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Condenan a mujer que realizaba extorsiones para el Clan del Golfo en el Meta

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Una pena de 8 años y 5 meses (102 meses) de prisión tendrá que cumplir Sandra Milena Sánchez Quintero de 38 años, hallada responsable como coautora de los delitos de concierto para delinquir agravado en concurso con extorsión agravada, en hechos ocurridos entre 2018 y 2020 en tres municipios del Meta.

Luego de valorar el material probatorio presentado por la fiscalía especializada Gaula Ariari un juez de conocimiento emitió el fallo contra la mujer que aunque no aceptó cargos al ser capturada en 2020, luego pre acordó con la fiscalía en 2024.

Los hechos por los cuales fue condenada Sánchez Quintero tendrían que ver con su participación en el ‘Clan del Golfo’ como recaudadora, junto a otras mujeres, de los dineros que eran obligados a entregar bajo amenazas a través de giros, por agricultores de Lejanías, Vistahermosa y Granada.

Según la investigación el dinero que recogían por lo menos siete mujeres que pertenecían a esa agrupación delincuencial era entregado al jefe de la banda identificado como Juan David Parra Contreras alias Carlos o Miguel.

Dentro del fallo, el juez de especializado de conocimiento no concedió la suspensión de la ejecución de la pena privativa de la libertad, ni la prisión domiciliaria como sustitutiva de la pena ordenada contra la sentenciada, por lo cual tendrá que cumplirla en un centro carcelario.

Fuente: Fiscalía General de la Nación

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Capturado en Venezuela sujeto señalado por feminicidio en Puerto Concordia

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En comunicación con el alcalde Puerto Concordia, Mirto Elio Urrea, fue informada la gobernadora del Meta, Rafaela Cortés Zambrano, sobre la captura del feminicida de Rosmery Aracely Ninera, ocurrido en el municipio de Puerto Concordia, el pasado 29 de abril.

De acuerdo a la conversación la captura de Ronald Alexander Jiménez Perez, se dio en Barinas, Venezuela, a través de la Interpol, por lo que las autoridades de ambos países, ya están en coordinación para su imputación.

Durante el dialogo el alcalde le trasmitió a la gobernadora el agradecimiento de la familia de la señora, por el apoyo para dar cristiana sepultura en Venezuela, teniendo en cuenta que este es su país de origen, a lo que la mandataria de respondió “alcalde, usted sabe que estamos de la mano para trabajar con usted, y ante estos casos, mi solidaridad y todo mi esfuerzo para que podamos capturarlos, también para que a la familia se le acompañe en un proceso tan difícil como este”.

Este caso, sería el segundo feminicidio en presentarse en lo que va del año en el departamento. Ante estos hechos, la gobernadora ha sido clara en su mensaje a todas las mujeres del departamento en el sentido de denunciar el maltrato, las amenazas y todo acto que ponga en riesgo sus vidas.

Fuente: Gobernación del Meta

 

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Justicia ordena compensar a familia despojada por la guerra en Puerto Rico

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Una viuda y sus siete hijos, integrantes de una familia víctima del despojo de su predio de 262 hectáreas y 5.597 metros cuadrados, ubicado en zona rural de Puerto Rico, Meta, será compensada por la Unidad de Restitución de Tierras (URT), según lo contempla un fallo proferido por Tribunal Superior de Bogotá.

Desde 1968, una pareja de esposos residió en el predio y, posteriormente, en 1991 les fue adjudicado por el entonces Incora, tras haberlo explotado económicamente con cultivos de plátano, maíz, yuca y arroz, además de la cría de cerdos.

La violencia se agudizó en la zona, tanto así que el jefe del hogar falleció en extrañas circunstancias, tras recibir amenazas por parte de alias “Adriano”, un comandante guerrillero que había ordenado el reclutamiento de los hijos de la pareja. Además, había prohibido a la familia continuar la explotación económica del predio.

Trascurría el año 1992. Luego de la trágica muerte de su esposo y ante las constantes amenazas la guerrilla de las Farc, la mujer se vio obligada a desplazarse a otro municipio y a vender el predio por $15 millones de pesos. Con el paso del tiempo, el comprador del predio lo vendió a una sociedad, la cual argumentó que adquirió la propiedad de manera lícita y que no está vinculada con grupos al margen de la ley ni con hechos de despojo.

El director territorial de la URT en Meta, César Santoyo, indicó que gracias a la Ley 1448 de 2011, la familia víctima presentó la solicitud ante la Unidad, para que ejerciera su representación judicial. Así se logró que la justicia emitiera sentencia a favor de los reclamantes.

En el fallo proferido por el Tribunal Superior de Bogotá, se ordena a la URT que aplique la compensación como medida reparadora a la familia despojada: la viuda recibirá el equivalente al 50% del predio, y los hijos o herederos el 50% restante. Entre tanto, el opositor demostró la buena fe exenta de culpa, porque adquirió el bien de manera lícita.

Fuente: Unidad de Restitución de Tierras

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