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Continúa abierto concurso para elegir curador urbano de Yopal

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Entendiendo algunas necesidades en territorio y bajo sus facultades legales, la Superintendencia de Notariado y Registro modificó las directrices del concurso público de méritos con el cuál se busca la conformación de lista de elegibles de Curadores Urbanos para 3 municipios del país.

Así las cosas, los municipios en los cuales se desarrolla el concurso público de méritos son: Puerto Colombia, Yopal y Tuluá.

En estas zonas del país la SNR evidenció bajo sus funciones de inspección, vigilancia y control, y como resultado del proceso de seguimiento a las situaciones administrativas de los curadores urbanos, la necesidad de iniciar un nuevo proceso de selección.

Es importante mencionar que, en el caso de la ciudad de Medellín, las cuatro plazas para curadores urbanos se encuentran provistas en propiedad y que la lista de elegibles se encuentra vigente hasta mayo del 2024, razón por la cual, se estima conveniente aplazar para una futura convocatoria esta ciudad y convocar en su reemplazo al municipio de Tuluá, Valle, dada la imperiosa necesidad de proveer la vacante y garantizar la prestación de la función por dos curadores.

La inscripción se realizará únicamente a través del correo electrónico concursocuradores@funcionpublica.gov.co, remitiendo un archivo en formato PDF que contenga:

  • Formulario de Inscripción.
  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía o extranjería a doble cara del aspirante al 150%
  • Fotocopia de la Matrícula profesional y/o Tarjeta profesional vigente.
  • Certificado de antecedentes disciplinarios.
  • Certificado de antecedentes fiscales.
  • Certificado de antecedentes judiciales.
  • Fotocopia del acta de grado o del diploma del aspirante que lo acredite como profesional en las áreas previamente señaladas.
  • Fotocopia del acta de grado y/o del diploma que acredite los postgrados relacionados.
  • Documentos que acrediten su experiencia laboral específica en el ejercicio de actividades relacionadas con el desarrollo o planificación urbana y la experiencia que excede el mínimo requerido. Se deben adjuntar las certificaciones que sirvan de soporte a la información suministrada en el formulario de inscripción para acreditar las condiciones señaladas. Las certificaciones de experiencia deberán contener como mínimo, la siguiente información: Nombre o razón social de la entidad o empresa, horario laboral, tiempo de servicio y relación de funciones desempeñadas.
  • El Formato Hoja de Vida Equipo Interdisciplinario acompañado de las certificaciones que acrediten la formación y experiencia del equipo interdisciplinario de que trata el parágrafo 4° del artículo 2.2.6.6.3.1. y el artículo 2.2.6.6.6.3 del Decreto 1077 de 2015 (Estos documentos deberán presentarse en el orden en que fueron relacionados en el Formato Hoja de Vida Equipo Interdisciplinario).

La convocatoria esta abierta desde este martes 28 de junio de 2022. Para obtener más información sobre el concurso y conocer el formato de inscripción y formato hoja de vida de equipo interdisciplinario, ingrese a: www.supernotariado.gov.co , en la sección Superintendencia Delegada para Curadores Urbanos.

Fuente: Superintendencia de Notariado y Registro

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En Yopal, adulto mayor asesinó a su expareja tras discusión por intención de vender vivienda

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Un nuevo caso de violencia intrafamiliar terminó en tragedia la mañana de este viernes 15 de mayo de 2026 en Yopal, cuando fue asesinada María Ofelia Mendoza Martínez, de 66 años, a manos de su excompañero sentimental en medio de una discusión dentro de su vivienda, en la carrera 12 con calle 42, barrio El Fical.

De acuerdo con la información oficial, la víctima, quien era modista y pertenecía a la Junta de Acción Comunal del sector, recibió una herida en el tórax con arma cortopunzante, lesión que le causó la muerte en la puerta del lugar de los hechos, hasta donde alcanzó a caminar en busca de ayuda. El ataque se habría producido tras una disputa relacionada con la intención del agresor de vender la casa en la que ambos habían residido.

El responsable fue identificado como Pedro Pablo Gualdrón Beltrán, de 73 años, quien luego de agredir a la mujer se autolesionó en el abdomen. La rápida reacción de la patrulla policial permitió su captura en flagrancia, luego de que uniformados acudieran al sitio alertados por voces de auxilio.

Como antecedente relevante, se conoció que la víctima había denunciado en 2009 a su agresor por violencia intrafamiliar, lo que vuelve a poner en evidencia la persistencia de este tipo de conflictos y su trágico desenlace cuando no se logran contener a tiempo. Las autoridades avanzan en el proceso judicial contra el capturado.

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En Villanueva, Juez declaró nulo Acuerdo Municipal que permitía legalizar asentamientos humanos

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El Juzgado Primero Administrativo de Yopal declaró en primera instancia la nulidad del Acuerdo Municipal 015 del 31 de agosto de 2025, expedido por el Concejo Municipal de Villanueva, mediante el cual se delegaban facultades al alcalde para la legalización y regularización urbanística de asentamientos humanos de origen informal.

La decisión judicial se fundamenta en irregularidades en el trámite del proyecto de acuerdo. Dentro del proceso se encontró que este proyecto de acuerdo era de iniciativa exclusiva del Alcalde para su presentación ante el cabildo, pero el mismo fue presentado por el concejal Juan Carlos Caldas Ramírez, lo cual vició el proceso.

El despacho concluyó que el acuerdo fue tramitado sin cumplir el requisito según el cual este tipo de iniciativas, que implican delegación de funciones del concejo, deben ser presentadas exclusivamente por el alcalde. Esta omisión fue considerada un vicio sustancial en la formación del acto administrativo. Al emitir concepto dentro del proceso, la Procuraduría estuvo de acuerdo en solicitar, de igual manera, la nulidad del mencionado Acuerdo Municipal.

En consecuencia, el juzgado determinó que el Acuerdo 015 de 2025 incurrió en infracción de las normas en que debía fundarse, lo que llevó a declarar su nulidad. La demanda fue presentada por el ciudadano Elkin Almonacid Herrera, quien alega que la ejecución del acuerdo podría generar no solo daños patrimoniales al municipio sino riesgos ambientales, sanitarios, y ecológicos dada la eventual legalización de loteos ilegales sin servicios públicos.

El Concejo Municipal por su parte, rechazó las afirmaciones del demandante sobre supuestas intenciones ilícitas, favorecimientos políticos o encubrimiento de urbanización ilegal, señalando que tal afirmación carece de pruebas y constituyen apreciaciones subjetivas.

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Enerca le salió al paso a denuncias de presuntas irregularidades laborales de uno de sus contratistas

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La empresa de Energía y Gas de Casanare ENERCA, se pronunció frente a las denuncias que circulan en redes sociales y medios digitales sobre presuntas irregularidades laborales que denuncian personas vinculadas con un contratista de la entidad. Según explicó la entidad, los hechos señalados corresponden a actuaciones relacionadas con el Consorcio GE Gestión Energética de Casanare, encargado de ejecutar actividades comerciales enfocadas en la recuperación de pérdidas no técnicas de energía.

Ante la controversia, la empresa informó que actuó de manera inmediata solicitando al contratista un informe detallado que permita esclarecer cada uno de los casos denunciados, así como las acciones realizadas en cumplimiento de sus obligaciones contractuales. La respuesta busca determinar respuesta a las denuncias que se han venido conociendo.

ENERCA reiteró su compromiso con la transparencia, el respeto por los derechos de los usuarios y la integridad de los trabajadores, asegurando que todos los procesos, tanto directos como tercerizados, deben ajustarse a la normatividad vigente en la prestación del servicio de energía.

Finalmente, la entidad hizo un llamado a la ciudadanía para que utilice los canales oficiales de atención y denuncia, con el fin de reportar cualquier irregularidad. Esto, indicó, permitirá adelantar revisiones objetivas y garantizar que las situaciones sean atendidas con responsabilidad institucional.

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