CASANARE
Por desacatar fallo de Tutela, ordenan arresto por cinco días de la Alcaldesa (e) de Yopal
Al resolver un segundo incidente de desacato interpuesto por la persona afectada, el Juzgado Primero Civil de Yopal ordenó cinco días de arresto para la Alcaldesa (e) de la capital, Luz Marina Cardozo, y el Inspector Segundo de Policía Luis Gabriel Pérez González, además del pago de una multa de cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes para cada uno de los funcionarios.
Según el fallo judicial, tanto la Alcaldía de Yopal como la Inspección Segunda de Policía han incumplido un fallo de tutela emitido por el mismo Despacho el pasado 11 de noviembre de 2016, donde se ordenó que dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de la mencionada decisión, deberían fijar la fecha y hora para llevar a cabo la diligencia de lanzamiento por ocupación de hecho de un predio de propiedad de la señora Ana José Pérez Rodríguez, ubicado en la Vereda La Guafilla.
En su momento la Alcaldía de Yopal impugnó el fallo, pero el pasado 27 de enero de 2017 la decisión fue confirmada por el Juzgado Primero Civil del Circuito de Yopal, todo lo cual fue debidamente notificado tanto a la Alcaldía de Yopal como a la Inspección Segunda de Policía.
Señala el Juez en su decisión, que se ha concedido un término respetuoso y considerado con las personas que ocupan el predio en mención, pues la decisión señala que se otorgó un término de cuarenta y ocho (48) horas para fijar la fecha y hora de la diligencia de lanzamiento por ocupación de hecho y para la práctica de la misma en un plazo que no superara los quince (15) días hábiles, término en el cual tanto la Alcaldía como la Inspección Segunda de Policía podrían efectuar las gestiones pertinentes y necesarias para la evaluación de la población asentada en el predio, garantizándoles la reubicación temporal mientras solucionan el problema de vivienda definitivo.
Señala el Juez, que no se explica la negligencia y evasiva que han tenido la Alcaldía de Yopal y la Inspección Segunda de Policía, y que además se vislumbra la intención de confundir al aparato judicial afirmando que el Despacho pretende desconocer precedentes judiciales, derechos fundamentales y garantías procesales de las personas involucradas en el asunto.
“Una orden dada para cumplir en cuarenta y ocho (48) horas desde la notificación del fallo ha sido incumplida descaradamente desde hace más de cuatro (4) meses”, reza el fallo del incidente de desacato, agregando que “su incumplimiento ha sido sistemático y desobligante con la administración de justicia, por cuanto han transcurrido más de cuatro (4) meses y la conducta omisiva, negligente e injustificada de las incidentadas persiste”.
Según el fallo, el arresto de los dos funcionarios debe cumplirse en las instalaciones de la Estación de Policía de Yopal, y se ordenó compulsar copias ante la Fiscalía General de la Nación, para que se investigue la presunta conducta punible de fraude a resolución judicial, conminando a la Alcaldía de Yopal y a la Inspección Segunda de Policía de Yopal, para que procedan a dar cumplimiento inmediato a lo ordenado en la sentencia de tutela del ll de noviembre de 2016.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Terreno donde inicialmente se iba a construir el Terminal de Yopal si tenía problemas jurídicos
El Tribunal Administrativo de Casanare resolvió en segunda instancia una acción popular relacionada con la adquisición del predio destinado inicialmente a la construcción del nuevo Terminal de Transportes de Yopal, ubicado en la carrera 5° que conduce hacia Morichal, proceso en el que se analizó la actuación del Municipio de Yopal y de la Sociedad de Economía Mixta Terminal de Transportes de Yopal S.A.S.
La demanda fue interpuesta por el ciudadano Oromairo Avella, y alegó la vulneración de los derechos colectivos a la moralidad administrativa y a la defensa del patrimonio público, derivada de los negocios jurídicos relacionados con el terreno que se iba a utilizar, el cual según antecedentes judiciales, presentaba anotaciones de “falsa tradición” y restricciones previamente advertidas por la jurisdicción contenciosa administrativa.
No se adelantaron estudios de títulos
En la sentencia, el Tribunal confirmó que las entidades demandadas incurrieron en actuaciones contrarias a los principios que rigen la función administrativa, al aceptar como aporte a una sociedad de economía mixta un predio sobre el cual existían reparos judiciales y órdenes expresas de protección, sin adelantar un estudio de títulos riguroso ni atender decisiones judiciales anteriores. Esta conducta fue considerada lesiva del derecho colectivo a la moralidad administrativa.
No obstante, la Corporación precisó que durante el trámite del proceso se configuró la figura jurídica de la carencia actual de objeto, debido a que el inmueble cuestionado fue retirado del patrimonio de la sociedad, lo que implicó la desaparición de la situación que originó la controversia.
En consecuencia, el Tribunal mantuvo la declaratoria de vulneración del derecho colectivo a la moralidad administrativa, pero se abstuvo de impartir órdenes adicionales, al considerar superada la situación. Sin embargo, dispuso la remisión de copias a la Fiscalía General de la Nación y a la Procuraduría General de la Nación para que, en el marco de sus competencias, adelanten las investigaciones que estimen pertinentes respecto de los hechos analizados.
CASANARE
Capturan a dos personas en Yopal por presunta explotación sexual y trata de personas
CASANARE
Yopal consolida la atención materno infantil en el Hospital Central y el CAPS Juan Luis Londoño
Mientras la atención en salud materno infantil representa un reto a nivel nacional, Yopal ha logrado consolidar resultados concretos. Esto se evidencia con la renovación y obtención de nuevas certificaciones bajo la estrategia Instituciones Amigas de la Mujer y la Infancia Integral (IAMII), lideradas por la Secretaría de Salud de Casanare en articulación con la ESE Salud Yopal.
Tras una exhaustiva evaluación externa, realizada según los lineamientos de Unicef, la Organización Mundial de la Salud y el Ministerio de Salud y Protección Social, el Hospital Central de Yopal alcanzó un cumplimiento superior al 80% de los criterios exigidos.
Este resultado permitió la renovación de su certificación IAMII por un periodo de tres años, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028. La institución ha demostrado mejoras sostenidas en sus procesos de atención y nutrición materna e infantil.
También el Juan Luis Londoño
Asimismo, la sede CAPS Juan Luis Londoño obtuvo por primera vez la certificación oficial como Institución Amiga de la Mujer y la Infancia Integral. Este logro, producto de un proceso técnico y riguroso, contó con el acompañamiento de Unicef y se ajusta a los estándares nacionales para garantizar una atención integral, oportuna y humanizada.
El reconocimiento para la sede CAPS Juan Luis Londoño quedó formalizado mediante la Resolución 2352 del 03 de diciembre de 2025. La institución superó el 80% de cumplimiento en cada uno de los diez pasos exigidos por la estrategia IAMII, lo que la posiciona con una de las más altas distinciones en el país para la protección de la salud materno infantil.
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