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CASANARE

Conozca los servicios virtuales que está prestando Capresoca

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Capresoca EPS dispuso de varios canales de información no presenciales, para que los usuarios puedan acceder de manera virtual a cada uno de los servicios que brinda la entidad, como medida transitoria enmarcada en las directrices impartidas desde el Gobierno Nacional, por cuenta de la emergencia sanitaria que ha generado el coronavirus COVID-19.

En relación a esta situación y ante la necesidad de mantener canales de comunicación directos, oportunos y confiables con los usuarios, para que puedan solicitar sus servicios y dar trámite a sus inquietudes y peticiones, se habilitaron las siguientes líneas de contacto y direcciones de correo electrónico, según cada caso en particular que requieran los afiliados:

Para afiliación:

Correo electrónico: aseguramiento.covid19@gmail.com

Celular: 3106805416 – 3138857334

Número de Emergencia Call Center:

Únicamente si presenta síntomas respiratorios o ha estado contacto con una persona sospechosa o confirmada de tener COVID-19

Correo electrónico: covid19cpseps@gmail.com

Celular: 3106966666.

Entrega de Correspondencia:

Correo electrónico: gerencia2@capresoca-casanare.gov.co

Para tramitar incapacidades:

Correo electrónico: movilidad@capresoca-casanare.gov.co

Celular: 3138857334

Entrega de medicamentos a domicilio:

Si tiene diabetes, hipertensión o es mayor de 60 años solicite la entrega de medicamentos al siguiente correo electrónico:

 medicamentos.capresoca@gmail.com

Orientación en Salud Mental

Correo electrónico: saludmentalcapresoca@gmail.com

Puerta Abierta IPS: 320 2727669

Instituto de Fracturas: 310 8763633

 Autorizaciones en todos los municipios:

Para cualquier tipo de autorización de servicios, se habilitó una dirección de correo electrónico por municipio, a la que pueden escribir los usuarios, sin olvidar adjuntar orden médica y copia de historia clínica, para que funcionarios de Capresoca tramiten su autorización y envíen la respuesta al canal del cual enviaron la solicitud.

La relación de correos electrónicos es la siguiente:

Municipio

Correo Electrónico

Yopal

capresoca.covid19@gmail.com

Aguazul

capresoca.aguazul@capresoca-casanare.gov.co

Chámeza

capresoca.chameza@capresoca-casanare.gov.co

Hato Corozal

capresoca.hatocorozal@capresoca-casanare.gov.co

La Salina

capresoca.salina@capresoca-casanare.gov.co

Maní

capresoca.mani@capresoca-casanare.gov.co

Monterrey

capresoca.monterrey@capresoca-casanare.gov.co

Nunchía

capresoca.nunchia@capresoca-casanare.gov.co

Orocué

capresoca.orocue@capresoca-casanare.gov.co

Paz de Ariporo

capresoca.lapaz@capresoca-casanare.gov.co

Pore

capresoca.pore@capresoca-casanare.gov.co

Recetor

capresoca.recetor@capresoca-casanare.gov.co

Sabanalarga

capresoca.sabana@capresoca-casanare.gov.co

Sácama

capresoca.sacama@capresoca-casanare.gov.co

San Luis de Palenque

capresoca.sanluis@capresoca-casanare.gov.co

Támara

capresoca.tamara@capresoca-casanare.gov.co

Tauramena

capresoca.tauramena@capresoca-casanare.gov.co

Trinidad

capresoca.trinidad@capresoca-casanare.gov.co

Villanueva

capresoca.villanueva@capresoca-casanare.gov.co

Yopal

capresoca.covid19@gmail.com

Portabilidad

portabilidad@capresoca-casanare.gov.co

Para Teleconsulta en todos los municipios:

La teleconsulta, es una valoración médica que se hace a través de una llamada telefónica, donde el usuario llama al respectivo número de su municipio y el médico lo atiende, dando prioridad a los adultos mayores de 60 años y mujeres embarazadas. La atención se ofrece para cualquier usuario que requiera una atención médica.

 Líneas de contacto:

IPS

Municipio

Población

Celular

RED SALUD CASANARE

Salina

General

3212373305

Sácama

General

3212370592

Hato Corozal

General

3232377172

Paz de Ariporo

General

3115228617 – 3232842840

Pore

General

3124617671

Támara

General

3132919717

Nunchía

General

3105849482

Trinidad

General

3114473596

San Luis de Palenque

General

3203697249

Orocué

General

3132918394

Monterrey

General

3214007610

Villanueva

General

3224735649 – 3107760049

Sabanalarga

General

3212374297

Maní

General

3142964136

Recetor

General

3212370966

Chámeza

General

3212669203

COOMEDICAN

Paz de Ariporo

General

3107617088-3205616528- 3205616546-3122761464-3219908470

Támara

General

3205616538

Pore

General

3205616543

Hato Corozal

General

3205616536

HOSPITAL JUAN HERNANDO URREGO

Aguazul

General

3123391416-3123357411- 3233904107 – 3233901564.

Vacunación

3103218297

Gestantes

3123391416 – 3123357411

EMISALUD

Maní

General

3209455729- 3114957625

HOSPITAL LOCAL DE YOPAL

Yopal-Hospital Local de Yopal

Hipertensos y Diabéticos

3157538301

Gestantes

3203902115

General

O386345980

Yopal- Juan Luis Londoño

Gestantes, hipertensos y Diabéticos

3144070222

Tilodirán, Morichal y Punto Nuevo

General

3206678111

El Morro

General

3123569406

La Chaparrera

General

3203224290

HOSPITAL LOCAL DE TAURAMENA

Tauramena

Hipertensos y Diabéticos

3102099570

Gestantes

3125468425

 Se invita a todos los usuarios a implementar las medidas de prevención que recomiendan las autoridades sanitarias y, en caso de requerir de algún servicio de Capresoca EPS, tramitarlo de manera virtual acorde con los correos y números de celular antes descritos, que se han habilitado para atender sus requerimientos.

Fuente: Capresoca

 

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Cero y van 4, demandan curul de la Concejal de Yopal Karen Vargas

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El Tribunal Administrativo de Casanare, admitió la demanda de nulidad electoral con la que se busca la pérdida de la investidura de la actual concejal Karen Tatiana Vargas Unibio, del partido Nuevo Liberalismo.

El documento fue radicado por la ex candidata del mismo partido Yuly Yamary Barón Vargas, quien también aspiró a una curul del Concejo de Yopal.

El Tribunal señala que la demanda fue admitida en primera instancia, luego que la demandante cumpliera con los requisitos legales.

Sobre el radicado se tendrá que definir si procede la pérdida de investidura de la demandada quien presuntamente habría incurrido en dolo en la causal de que trata el inciso séptimo del artículo 109 de la Constitución Política, (“También se podrá limitar el monto de los gastos que los partidos, movimientos o candidatos puedan realizar en las campañas electorales, así como la máxima cuantía de las contribuciones privadas, de acuerdo con la ley”), y desarrollada en el artículo 26 de la ley 1475 del 2011 que hace referencia a la pérdida del cargo por violación de los límites al monto de gastos.

Se confirmó que la Magistrada Sustanciadora en esta controversia, es la Doctora Inés del Pilar Nuñéz Cruz.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Tragedia vial, una pareja perdió la vida en accidente en la vía Yopal – Pore

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Bomberos Pore informó en horas de la noche del 26 de abril el cierre total de la vía Marginal del Llano (Pore – Yopal) sector de La Curama, por accidente un grave accidente de tránsito donde perdió la vida una pareja.

Las víctimas fueron identificadas como Wilson Vargas Fernández y Yelixa Magueli Laverde Goyeneche, quienes viajaban con su hija la cual fue trasladada al Hospital donde su pronóstico es estable.

Por ahora se desconocen las causas por las cuales la motocicleta impactó de frente contra una camioneta, serán las autoridades quienes determinen responsabilidades dentro del caso.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Inspector de Policía capturado en Yopal quedó con prisión domiciliaria

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La Fiscalía General de la Nación judicializó a Jorge Enrique Monroy Niño, inspector de policía cuarto de Yopal, quien le habría exigido dinero a un comerciante a cambio de no cobrarle un comparendo.

De acuerdo con la investigación realizada por servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), se conoció que el 7 de abril de 2024 las autoridades que realizaron controles en establecimientos comerciales abiertos al público le impusieron un comparendo al dueño de una licorería por no cumplir con todos los requisitos legales.

Lea también: Capturado Inspector Cuarto de Policía de Yopal por exigir dinero a un comerciante

Según la Fiscalía, el comerciante se acercó a la inspección de policía número 4 de Yopal (Casanare) para averiguar por el procedimiento que debía seguir. Monroy Niño, presuntamente, aprovechándose de su posición de inspector de policía, le insinuó que podía obviar el pago de la sanción a cambio de una colaboración económica.

La víctima puso en conocimiento de estos hechos a la Fiscalía. Servidores del CTI coordinaron la entrega controlada del dinero que debía pagar y al momento que el inspector llegó al lugar fue capturado en flagrancia.

La Fiscalía le formuló imputación por el delito de concusión, cargo que no fue aceptado. Un juez de control de garantías le impuso medida de aseguramiento privativa de la libertad en su lugar de residencia.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

 

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