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Araucanos ya conocen medidas para aislamiento preventivo obligatorio

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El gobernador de Arauca Facundo Castillo Cisneros, tomó medidas urgentes para prevenir los efectos que pueden causar por la pandemia global del COVID-19 en su región. Estas acciones transitorias y obligatorias para la  mitigación del riesgo  deben ser acatadas por todos los araucanos.

En el acto administrativo, el gobernador  resolvió cuatro artículos que contiene más de 20 disposiciones dirigidas para proteger a todas las personas.

Se señalan claramente las acciones que cada uno lo ciudadanos que viven en Arauca deben poner en práctica en estos momentos, en sus entornos sociales, económicos, civiles, culturales, políticos, comerciales, laborales y deportivos, entre otros:

RESUELVE:

ARTICULO l. Adoptar las medidas sanitarias y acciones obligatorias transitorias que se describen a continuación, en aras de mitigar el riesgo y controlar los efectos del Coronavirus COVID-19:

  1. Prohíbase las reuniones, aglomeraciones y/o actividades: económicas, sociales, cívicas, religiosas, deportivas, culturales, políticas, entre otras, sean estas públicas o privadas, que concentren más de diez (10) personas en contacto estrecho, es decir a menos de 2 metros de distancia entre persona y persona.
  2. Es de obligatorio cumplimiento el Uso de tapabocas convencional para todas las personas que: Asistan a hospitales y centros de salud, atiendan público, transportadores (conductores de carga, taxis, entre otros), toda persona con sintomatología respiratoria. Si no se cuenta con tapabocas convencionales se deben usar tapabocas caseros (tela), los cuales deben ser desinfectados una vez sean usados diariamente, con inmersión en cloro (En un litro de agua, colocar 200 mililitros de cloro y dejar por 5 minutos).
  3. Prohíba el ingreso de acompañantes a las salas de espera de los terminales aéreos y terrestres del Departamento de Arauca.
  4. Se restringen las visitas para los hospitales, centros de salud, que cuentan con el servicio de hospitalización.

5.Se prohíben las visitas a Cárceles y ancianatos.

6.Los restaurantes los fines de semana y días festivos, solo funcionaran con el servicio de domicilio, la atención presencial al público queda cancelada hasta nueva orden. Siendo posible la utilización at público de lunes a viernes, con restricción de un número no mayor de 10 personas.

7.Los bancos y establecimientos comerciales como supermercados, peluquerías, plazas de mercado, restaurantes, farmacias, salas de espera de EPS e IPS, funerarias, entre otros, no podrán dejar ingresar más de 10 personas al mismo tiempo.

8.Cierre temporal de gimnasios hasta nueva orden.

9.Prohíbase el uso de escenarios deportivos (canchas) y sitios de esparcimiento (piscinas, balnearios, parques, entre otros).

10.No se puede realizar ninguna reunión social o fiesta en casa.

11.Aislamiento obligatorio en casa para personas mayores de 70 años y menores de 12 años edad. Se exceptúan las personas que, por ejemplo, necesiten abastecerse de bienes de consumo, utilización de servicios de salud, y los que requieran reclamar medicamentos. 12. Aislamiento obligatorio en casa para personas que hayan tenido contacto con un caso positivo para Coronavirus- COVID 19, e informar inmediatamente a la Línea 125.

ARTICULO II. Sugiérase:

1.Designar una persona por familia para realizar las compras.

2.Ampliar el horario de atención de plazas de mercado y Supermercados.

3.No desplazarse fuera del Departamento,  a menos que sea estrictamente necesario.

4.Continuar con el toque de queda en todo el Departamento, en los horarios establecidos.

5.Todos los Líderes indígenas informal a sus comunidades para que permanezcan en sus resguardos y no permitan el ingreso de personas ajenas.

ARTICULO 3. Las medidas antes mencionadas son de inmediata ejecución, tienen carácter preventivo, obligatorio y transitorio y se aplicarán sin perjuicio de las sanciones a que hubiere lugar. El no acatamiento de las medidas establecidas en la presente Resolución, las determinadas por el Gobierno Nacional, Departamental y por el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, serán objeto de sanciones previstas en estas mismas normas, sin detrimento de las demás sanciones de carácter administrativo que pudieren establecer las instancias departamentales es y municipales y en concordancia con Io estipulado en el Art. 368 “El que viole medida sanitaria adoptada por la autoridad  competente para impedir la introducción o propagación de una epidemia, incurrirá en  prisión de cuatro (4) a ocho (8) años” y el Art. 369 El que propague epidemia, incurrirá en prisión de cuatro a diez (10) años” del Código Penal (Ley 599 del 20oo) y sus normas

ARTICULO 4. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, hasta que suscitan las causas que dieron origen a la adopción de las presentes medidas.

Parágrafo. 1 la vigencia de las medidas descritas en la parte resolutiva del presente acto administrativo, estará sujeta al proceso de evolución de la pandemia, pudiendo finalizar antes del tiempo previsto, si desaparecen las causas que Ie dieron origen o ser prorrogadas si persisten o se incrementan.

Parágrafo. 2. El presente decreto previa su publicación, deberá ser comunicado, aprobado y coordinado con el Ministerio del Interior.

Fuente: Gobernación de Arauca

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ELN liberó a siete personas que tenía secuestradas en Arauca

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El Frente de Guerra Oriental del ELN confirmó que liberó a siete personas que mantenía secuestradas desde hace varios días en el departamento de Arauca.

Los liberados son:

  • Arnold Estiven Anzola Ramírez
  • Devinson Mejía Castillo
  • David Sierra Velandia
  • Sebastián González Camúan
  • Arquímedes de Jesús Pabon Contreras
  • Luis asdruval Landaeta Lozano
  • Una persona más sin identificar

Por ahora se conoce que los liberados se encuentran en buen estado de salud y ya están son sus familias.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

 

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Cárcel para señalado por el feminicidio de su ex pareja en Saravena

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Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación un juez de control de garantías envió a la cárcel a un hombre que habría ocasionado la muerte a su ex compañera sentimental en Saravena.

Los hechos se presentaron el pasado 18 de marzo cuando las autoridades realizaron la inspección técnica al cadáver de la víctima, de 28 años. En el lugar de los hechos, los investigadores hallaron un veneno que indicaba inicialmente un posible suicidio.

El material probatorio recaudado por investigadores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) y la Sijín, además los resultados arrojados tras la necropsia efectuada por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, la mujer murió por ausencia de oxígeno por obstrucción de boca y nariz, adicionalmente se encontraron lesiones de defensa en el cuerpo de la víctima.

Labores de policía judicial evidenciaron que el hombre habría llegado desde la ciudad de Cúcuta dos días antes de los hechos, se presume que ingresó al inmueble donde tuvo lugar el acto violento. Posteriormente, retornó a la ciudad de Cúcuta, simulando ante la familia no saber nada del hecho.

Declaraciones de testigos análisis a líneas telefónicas evidenciaron que el procesado habría estado en la casa de la víctima el día de los hechos.

El procesado fue capturado en Cúcuta (Norte de Santander) el pasado 29 de abril. Estas acciones fueron adelantadas por servidores del CTI de la Seccional Arauca y uniformados de la Sijín y la Dijín. Por estos hechos un fiscal imputó al procesado el delito de feminicidio agravado, cargo que no aceptó.

Fuente: Fiscalía General de la Nación

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Comunidades araucanas protegen un bosque para contribuir con el Acuerdo de Paz

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Con éxito finalizó el proyecto ‘Implementación de un corredor ecológico en la zona con función amortiguadora del Parque Nacional Natural El Cocuy en el municipio de Tame, Arauca’, el cual marcó un hito en la conservación ambiental y el desarrollo sostenible de la región, una de las más afectadas por el conflicto armado en el país.

En esta iniciativa participaron 65 familias rurales que implementaron un esquema de Pagos por Servicios Ambientales (PSA) para conservar 440 hectáreas y, además, realizaron acciones de restauración ecológica para recuperar 25,4 hectáreas de bosques degradados en las veredas Malvinas, Aguas Claras, Naranjos I, Alto Cabalalia, Caño Grande y Angosturas en Tame, uno de los cuatro municipios con Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial – PDET de Arauca.

La inversión total del proyecto superó los $1.500 millones, de los cuales el Programa Colombia Sostenible -del Fondo Colombia en Paz (FCP) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID)- aportó alrededor de mil millones de pesos, recursos que fueron administrados por la Fundación Orinoquia Biodiversa e invertidos en capacitaciones, insumos, materiales, equipos y acompañamiento técnico, entre otros. El restante correspondió a contrapartida local representada principalmente en la mano de obra de los beneficiarios.

Fuente: Fondo Colombia en Paz

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