CASANARE
Obras en construcción fueron selladas en el sector de La Pedrera, en Yopal

Sellamiento y suspensión a 9 obras de construcción ubicadas en las urbanizaciones del sector La Pedrera, impuso la corregidora de Santa Fe de Morichal, Yesenia Estupiñan, con acompañamiento de la Policía Nacional, en cumplimiento a la orden Judicial emitida por el Tribunal Administrativo de Casanare dentro de la Acción Popular 2015-323.
Los sellamientos se realizan en el marco de las facultades conferidas por el Código Nacional de Policía y Convivencia, por incurrir en el comportamiento contrario a la integridad urbanística (…), al construir en terrenos no aptos o sin previa Licencia.
Según la Alcaldía de Yopal, los propietarios de las obras de construcción selladas deben comparecer a realizar el respectivo trámite de notificación, so pena de incurrir en sanciones y medidas correctivas determinadas por la Ley.
Igualmente, se informa a la comunidad en general, que en cumplimiento de la decisión judicial emitida por el Tribunal Administrativo de Casanare se ordena prohibir toda actividad de publicidad, promoción, parcelación, urbanización, compra y venta de lotes o parcelas en el sector de La Pedrera, de la vereda El Picón.
Así mismo, está prohibida toda nueva actividad de construcción u ocupación de viviendas y se informa que ningún proyecto cuenta con las Licencias y permisos requeridos por la Ley; por lo cual son catalogados como ‘urbanizaciones ilegales’.
Por último, se advierte que quien desarrolle, promueva, patrocine, induzca, financie, facilite, tolere, colabore o permita la división, parcelación, urbanización de inmuebles o su construcción, incurrirá en prisión de 48 a 126 meses y multa de hasta 50 mil salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Patinadora de 9 años muere en trágico accidente en la Marginal del Llano, en Yopal
CASANARE
Ex Subcomandante de Policía de Casanare sancionada por la Procuraduria por malos tratos

La Procuraduría General de la Nación encontró responsable disciplinariamente y suspendió e inhabilitó en el ejercicio del cargo por doce (12) meses, a la coronel (r) Sandra Yaneth Mora Morales, en su condición de comandante de la Policía Metropolitana de Cúcuta para la época de los hechos.
El Ministerio Público investigó que la entonces coronel se dirigió a una patrullera (subalterna), utilizando vocabulario soez y maltratándola de manera verbal y física, vulnerando la normativa disciplinaria del personal de la Policía Nacional, en especial lo previsto en el artículo 46-3 de la Ley 2196 de 2022. (Estatuto Disciplinario de la Policía).
La conducta de la oficial fue calificada como falta grave cometida con dolo, por lo que deberá responder disciplinariamente.
En aplicación del principio de proporcionalidad y valorando los criterios de graduación de la falta y de la sanción, se determinó que en este caso existían un atenuante y dos agravantes.
Contra esta decisión, la disciplinada interpuso recurso de apelación que será resuelto por la Sala Ordinaria de Juzgamiento de la PGN.
La Coronel (r) Sandra Mora estuvo como Subcomandante en el Departamento de Policía Casanare en años anteriores.
Fuente: El Diario del Llano
CASANARE
Vuelve restricción de motocicletas en horas nocturnas los fines de semana en Yopal

A través del Decreto 116 del 13 de agosto del 2025, la Alcaldía de Yopal prohibió la circulación de motocicletas durante los fines de semana en el municipio, esto con el propósito de evitar que se presenten siniestros viales y por ende pérdidas fatales.
El primer fin de semana en el que se aplicará la medida será el comprendido entre el viernes 15 y el lunes 18 de agosto.
Los horarios de restricción y los demás días de prohibición se relacionan en la siguiente tabla.
De esta medida quedan exceptuadas la fuerza pública, los organismos de seguridad del Estado, la Policía Judicial, las autoridades de tránsito y transporte, los organismos de emergencia y socorro, prevención y salud. Además, personal de empresas de seguridades privadas debidamente identificadas, personas con movilidad reducida, domiciliarios, hotelería y turismo con sus identificaciones que acrediten la prestación del servicio.
El incumplimiento de las medidas adoptadas en este Decreto conllevará a las sanciones correspondientes, la imposición de comparendos de tránsito conforme a lo dispuesto en el literal C numeral 14 del artículo 131 de la ley 769 de 2002, modificado por el artículo 21 de la ley 1383 de 2010 y demás normas aplicables según el caso.
Fuente: El Diario del Llano
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