CASANARE
41 años de cárcel para mujer que por 5 años permitió a su pareja abusar de su hija en Yopal

La labor investigativa desplegada por un fiscal de la Seccional Casanare permitió que un juez de Yopal condenara a 41 años y 6 meses de prisión a una mujer que durante cinco años promovió múltiples vejámenes sexuales en contra su hija, de 7 años.
Por estos hechos la mujer fue encontrada responsable de los delitos de acceso carnal abusivo con menor de 14 años, actos sexuales con menor de 14 años y pornografía con personas menores de 18 años, todas las conductas agravadas.
Labores de policía judicial evidenciaron que el compañero sentimental de la ahora sentenciada sometió inicialmente a la menor a tocamientos íntimos; actos que luego, durante la convivencia de la pareja en una misma vivienda, se convirtieron en agresiones sexuales en las que participó la mamá de la víctima.
Estos hechos fueron denunciados ante las autoridades por un familiar de la niña quien de manera accidental tuvo acceso a una memoria USB de propiedad del padrastro de la víctima. En el dispositivo había carpetas con decenas de fotos y videos en los que se observaban las agresiones a las que era sometida la menor.
Además de la pena de prisión impuesta, la sentenciada deberá pagar una multa de 750 salarios mínimos legales mensuales vigentes, y fue inhabilitada para ejercer derechos y funciones públicas durante 20 años.
Por este mismo caso la Fiscalía General de la Nación judicializó al padrastro de la menor abusada. La justicia le dio la razón al ente acusador y sentenció, en septiembre de 2022, al hombre a 24 años de prisión. En la actualidad se encuentra privado de la libertad en el estacionamiento penitenciario La Guafilla de Yopal.
Fuente: Fiscalía General de la Nación
CASANARE
Patinadora de 9 años muere en trágico accidente en la Marginal del Llano, en Yopal
CASANARE
Ex Subcomandante de Policía de Casanare sancionada por la Procuraduria por malos tratos

La Procuraduría General de la Nación encontró responsable disciplinariamente y suspendió e inhabilitó en el ejercicio del cargo por doce (12) meses, a la coronel (r) Sandra Yaneth Mora Morales, en su condición de comandante de la Policía Metropolitana de Cúcuta para la época de los hechos.
El Ministerio Público investigó que la entonces coronel se dirigió a una patrullera (subalterna), utilizando vocabulario soez y maltratándola de manera verbal y física, vulnerando la normativa disciplinaria del personal de la Policía Nacional, en especial lo previsto en el artículo 46-3 de la Ley 2196 de 2022. (Estatuto Disciplinario de la Policía).
La conducta de la oficial fue calificada como falta grave cometida con dolo, por lo que deberá responder disciplinariamente.
En aplicación del principio de proporcionalidad y valorando los criterios de graduación de la falta y de la sanción, se determinó que en este caso existían un atenuante y dos agravantes.
Contra esta decisión, la disciplinada interpuso recurso de apelación que será resuelto por la Sala Ordinaria de Juzgamiento de la PGN.
La Coronel (r) Sandra Mora estuvo como Subcomandante en el Departamento de Policía Casanare en años anteriores.
Fuente: El Diario del Llano
CASANARE
Vuelve restricción de motocicletas en horas nocturnas los fines de semana en Yopal

A través del Decreto 116 del 13 de agosto del 2025, la Alcaldía de Yopal prohibió la circulación de motocicletas durante los fines de semana en el municipio, esto con el propósito de evitar que se presenten siniestros viales y por ende pérdidas fatales.
El primer fin de semana en el que se aplicará la medida será el comprendido entre el viernes 15 y el lunes 18 de agosto.
Los horarios de restricción y los demás días de prohibición se relacionan en la siguiente tabla.
De esta medida quedan exceptuadas la fuerza pública, los organismos de seguridad del Estado, la Policía Judicial, las autoridades de tránsito y transporte, los organismos de emergencia y socorro, prevención y salud. Además, personal de empresas de seguridades privadas debidamente identificadas, personas con movilidad reducida, domiciliarios, hotelería y turismo con sus identificaciones que acrediten la prestación del servicio.
El incumplimiento de las medidas adoptadas en este Decreto conllevará a las sanciones correspondientes, la imposición de comparendos de tránsito conforme a lo dispuesto en el literal C numeral 14 del artículo 131 de la ley 769 de 2002, modificado por el artículo 21 de la ley 1383 de 2010 y demás normas aplicables según el caso.
Fuente: El Diario del Llano
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